Aprovecho el tema abierto por Toni, porque no tengo ni idea, a ver si me podéis ayudar porque los clientes le hacen dudar a uno de todo.
Cliente que quiere contratar a una persona de nacionalidad Italiana y residente en ese país. Le digo que no puede, que para hacerlo esa persona tendría que residir en España, si lo da de alta residiendo allí es un fraude. ¿Es correcto?
Como solución le propongo, o que le de alta como autónomo en Italia, bajo según legislación de ese país y le pase una factura; o que nuestro cliente abra una sucursal, centro de trabajo, etc, en Italia, y que lo contrate por cuenta ajena pero con la legislación de allí.