No aplicar exoneraciones para evitar nueva salvaguarda de empleo

pajarillo

Miembro conocido
El RD. 30/2020 dispone


2. Las empresas que, conforme a lo previsto en esta norma, reciban exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social, quedarán comprometidas, en base a la aplicación de dichas medidas excepcionales, a un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo, cuyo contenido, requisitos y cómputo se efectuará en los términos establecidos en la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo


Es que tengo varias empresas que ya renunciaron a su erte FM, y visto como se está poniendo el panorama, lo más seguro es que tengamos que solicitar un nuevo erte por impimento o limitaciones, pero no quieren ver una salvaguarda de empleo ni en pintura. Por como está redactada esa disposición del RD30/2020, parece que si no aplicamos exoneraciones, no habría nueva salvaguarda de empleo aunque sea un erte por limitaciones o impedimento, ¿no?.
 

Argi

Miembro conocido
Hola, si no ha exoneración no hay compromiso de mantenimiento del empleo. Ten en cuenta que el incumplimiento del mismo contempla la devolución de las exoneraciones, luego si no te has exonerado...
 

pajarillo

Miembro conocido
Claro, pero me refiero a si el incumplimiento de la segunda salvaguarda podría suponer la devolución de las exoneraciones aplicadas desde marzo.
 

VILA100

Miembro conocido
Hola
En principio, cada norma lleva sus reglas....por tanto...el nuevo compromiso será solosi se aplican las bonificaciones de la última norma
Salu2
 

Santiago

Miembro conocido
Totalmente de acuerdo.
Y si la intención de la empresa es despedir, nada de exoneraciones y dejar pasar los 6 meses del primer ERTE
 
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