Buenas tardes,
tenemos un trabajador que continuamente se ausenta del trabajo por problemas de su mujer, al inicio de año le advertimos que no le correspondían esas horas remuneradas pero nos dijo que las recuperaria, le dijimos que no habia problema pero que a final de año debia tener realizadas las 1738 horas que marca el convenio, ahora hemos estado calculando sus horas (ya que nos traen un parte mensual con las horas realizadas cada dia) y noa debe 38 horas ya que solo ha realizado 1700.
¿es correcto descontarle el importe de estas horas de la nomina de enero? si es que si bajo que concepto.
En mi opinion si lo es ya que los que exceden se las pagamos como horas extra, lo que pasa es que a la hora de quitarle a un trabajador algo de la nomina te lo piensas dos veces.
tenemos un trabajador que continuamente se ausenta del trabajo por problemas de su mujer, al inicio de año le advertimos que no le correspondían esas horas remuneradas pero nos dijo que las recuperaria, le dijimos que no habia problema pero que a final de año debia tener realizadas las 1738 horas que marca el convenio, ahora hemos estado calculando sus horas (ya que nos traen un parte mensual con las horas realizadas cada dia) y noa debe 38 horas ya que solo ha realizado 1700.
¿es correcto descontarle el importe de estas horas de la nomina de enero? si es que si bajo que concepto.
En mi opinion si lo es ya que los que exceden se las pagamos como horas extra, lo que pasa es que a la hora de quitarle a un trabajador algo de la nomina te lo piensas dos veces.