NOMINA ADMINISTRADORES SOCIEDAD

RAMONTXU

Nuevo miembro
Hasta ahora los socios y a su vez administradores de una sociedad tenían su nómina correspondiente en la que retribuiamos por su razón de "administradores". Pues bien, puesto que en la escritura de la sociedad consta que el cargo de administrador es gratuito, Hacienda nos dice que las nóminas de los socios administradores de esta sociedad no se deben de considerar gasto a los efectos del cálculo del impuesto de sociedades.

Alguien puede aclararme dudas.

Que podemos hacer? Retribuir con nóminas en las que no aparezca la palabra "administrador"?

En fin si alguien controla el tema, agradecería una solución

Saludos
 
J

juanlab

Guest
Pues no te lo pierdas, por que ese tema se va a complicar hasta el infinito....resulta que el Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias, que no son firmes según me han comentado, pero que pueden llegar a sentar la jurisprudencia que hacienda tome como referencia, según las cuales "La remuneración de los miembros del consejo de administración debe estar fijado, en todo caso y sin excepción alguna, en los estatutos de la sociedad" (STS 12 noviembre 2008). En caso contrario no se considerará gasto deducible. Ha de estar fijada "sin ningún margen de discrecionalidad" "su cuantía o al menos el mecanismo para determinarla de forma precisa" para que sean considerados gastos obligatorios y por tanto deducibles. A ver cómo acaba el tema. Un saludo.
 
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