Hasta ahora los socios y a su vez administradores de una sociedad tenían su nómina correspondiente en la que retribuiamos por su razón de "administradores". Pues bien, puesto que en la escritura de la sociedad consta que el cargo de administrador es gratuito, Hacienda nos dice que las nóminas de los socios administradores de esta sociedad no se deben de considerar gasto a los efectos del cálculo del impuesto de sociedades.
Alguien puede aclararme dudas.
Que podemos hacer? Retribuir con nóminas en las que no aparezca la palabra "administrador"?
En fin si alguien controla el tema, agradecería una solución
Saludos
Alguien puede aclararme dudas.
Que podemos hacer? Retribuir con nóminas en las que no aparezca la palabra "administrador"?
En fin si alguien controla el tema, agradecería una solución
Saludos