Nominas a Tiempo Parcial

JmBueno

Nuevo miembro
Buenas compañeros, no se si es el sitio adecuado (si no lo es lo cambio a donde corresponda) pero bueno,

Os sitúo: contrato temporal temporal a tiempo parcial de obra o servicio, jornada semanal de 9 horas (jornada diaria de 3 horas durante 3 días).

Entonces, si para calcular la nomina le aplico el porcentaje de la jornada (22,5%) me sale una cantidad X, pero si la hago según las horas que pueden trabajarse ese mes, en proporción con las horas que efectivamente trabaja, me sale otra cantidad superior a la anterior. En definitiva, ¿cual es la forma correcta de calcular una nomina a tiempo parcial?


Espero vuestra ayuda, gracias de antemano y un saludo a todos.

 

campus34

Miembro conocido
Las nóminas debería, salvo opinión en contrario, calcularse en función del porcentaje de jornada.
Habrá meses que por temas de calendario laboral se trabaje más y otros menos, pero se debe aplicar el porcentaje. En tu caso el 22,5%.

Saludos,
 

JmBueno

Nuevo miembro
Gracias por tu respuesta campus34, pero entonces, el tema de los meses que se trabaje mas y otros menos, ¿siempre tendría el mismo salario?

Por una parte me parece lógico el aplicar el porcentaje sobre el salario mensual, ya que el convenio especifica jornada anual y semanal, ademas de salario mensual pero, por otro lado no me que claro eso de los meses en que se trabaje mas o menos. También pienso que tendría lógica calcularlo según salario diario (jornada de Viernes, Sábado y Domingo a razón de 3 horas diarias).

SB: 961,15€; 4 Pagas extra (importe SB)

Calculo 1:
-S. base : 961,15 x 0,225 = 216,25
-P. Extra (4): 3.844,6 / 12 = 320,38 x 0,225= 72,08
-Total Bruto: 288,33 € (durante todos los meses igual?)

Calculo 2:
-SB: 961,15/30= 32,03 € al dia. 32,03/8h= 4 € la hora. En Julio trabaja 42 horas : 42x4= 168 €
-PE: 320,38/30= 10,67€ al dia. 10,67 = 1,33 € la hora. 1,33x42= 55,86 €
-Total Bruto: 224,06 €

Calculo 3:
El mes de julio tiene 168 horas laborables, trabaja 42. Hacer la regla de 3 con el salario mensual y con la p.extra mensual = 320,37 € brutos


No me queda muy claro que es lo correcto, ¿alguien que me ilumine?. Gracias de antemano y un saludo.









 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero... ¿por qué te planteas lo de si un mes tiene más horas hábiles y otro menos sólo para el caso de contrato parcial?
¿No te lo planteas para los de jornada completa?
¿no te rompe esquemas que haya meses con 17 días hábiles y otros con 23?
En primer lugar mira si por cu categoría o grupo de cotización este trabajador tiene un salario mensual o diario.
Si es mensual, cobrará lo mismo, tenga los días u horas hábiles que tenga cada mes (al menos en concepto de salario fijo).
Por otro lado, y para determinar su portcentaje de jornada, mira cómo está ésta definida en el convenio. Dices que especifica una jornada semanal y anual. ¿Que jornada? ¿cuantas horas semanales? ¿cuántas horas anuales?. Ojo, que no suele ser normal que se especifiquen ambas, puesto que no todas las semanas tienen las mismas horas. Piensa, por ejemplo, el impacto que pueden tener los festivos ofciales. También pueden existir peculiraridades en el calendario laboral de la empresa.

Por ejemplo, si el calendario fija la jornada labiral anual en un determinado número de horas, calcula cuántas horas anuales realizaría este trabajador en cuestión, considerando su esquema de jornada y el calenedario laboral anual (festivos oficiales y cualquier otra particularidad del calendario de la empresa( y, evidentemente, no contando las horas de vacaciones devengadas (que las disfrutará o bien se la pagaran en el finiquito).
En base a eso, determina qué porcentaje de jornada teóricamente debne realizar ese trabajador respecto a la jornada teórica a tiempo completo.
Lo de considerar las horas hábiles de cada mes creo que sólo juega a efectos de determinar las bases mínimas de cotización en el caso de tiempo parcial.
Bueno, y lo dicho, confirmar si se trata de un trabajador con salario mensual o diario.

Saludos
 

JmBueno

Nuevo miembro
Buenas Nando_bcn, la duda no me la planteo a tiempo completo ya que cotizan por 30 días si o si. En el caso del tiempo parcial, me surge la duda ya que pienso que podría cotizar los días que efectivamente trabaja. ( corregidme si me equivoco)

El convenio marca una jornada semanal de 40 horas, (lo de 1800 horas me lo saque de la manga) y un salario mensual, por lo que parece obvio que el calculo habría que hacerlo aplicando el coeficiente de jornada al salario base (916,15 x 0.225) salvo opinión en contrario.

un saludo y gracias.

 

Raquelcs

Miembro activo
Hola buenos días!
retomo este tema porque siempre que hago contratos de un día me surgen dudas.
Para un caso concreto de 1 contrato temporal de 6 horas diarias, ¿hacéis la nómina según jornada o según el precio hora?
El convenio dice jornada semanal de 40 horas y límite anual de 1792.
El bruto anual es de 18305,28 en 14 pagas. El precio hora sale a 10,22 euros. Si trabaja 6 horas se le pagaría 61 euros aprox.
Si hago la nómina según 75% jornada sale una nómina de 39 euros aprox.
¿cómo lo haríais vosotros?
 

NOEMI

Miembro conocido
Yo estoy exactamente igual que tu a ver si nos ilumina alguien... me pasa siempree
 

fundación

Miembro conocido
Yo siempre pretendo respetar el precio hora, entre nómina y liquidación, excepto indemnización a mayores.
 
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