pajarillo
Miembro conocido
Buenas tardes,
No dejo de darle vueltas al tema de la notificaciones telemáticas y la responsabilidad en la que incurren los autorizados RED, ya que estos también recibe las notificaciones del cliente. Entiendo que el único obligado y responsable a recibir, firmar y descargar las notificaciones es el destinatario, sin menoscabo de que el autorizado RED también sea receptor de las mismas.
Solo incurriríamos en responsabilidad en el marco del acuerdo de prestación de servicios que tengamos suscrito con nuestro cliente. Si le hemos informado de que el asesor no abre ni descarga notificaciones, y que él es el responsable de ser el receptor de las mismas, no deberíamos tener problema en el caso de que, por la no recepción de una notificación por el cliente se produzca un perjuicio para este.
No dejo de darle vueltas al tema de la notificaciones telemáticas y la responsabilidad en la que incurren los autorizados RED, ya que estos también recibe las notificaciones del cliente. Entiendo que el único obligado y responsable a recibir, firmar y descargar las notificaciones es el destinatario, sin menoscabo de que el autorizado RED también sea receptor de las mismas.
Solo incurriríamos en responsabilidad en el marco del acuerdo de prestación de servicios que tengamos suscrito con nuestro cliente. Si le hemos informado de que el asesor no abre ni descarga notificaciones, y que él es el responsable de ser el receptor de las mismas, no deberíamos tener problema en el caso de que, por la no recepción de una notificación por el cliente se produzca un perjuicio para este.