De inspección siempre me piden lo que he comentado. Date cuenta que debes comunicar al SEPE los puestos de discapacitados en el 1er. trimestre de cada año, si no se ha derogado esto.
Dentro del primer trimestre de cada año, con conocimiento de los representantes del personal, las Empresas que empleen un número de trabajadores fijos que exceda de 50, deberán enviar a la Oficina de Empleo del INEM de la provincia en que tengan su sede social, así como a las de las provincias donde tengan centros de trabajo, relación detallada de los puestos de trabajo ocupados por trabajadores minusválidos y de aquellos que por sus características queden reservados a los mismos.
Que yo sepa no se ha derogado (aunque hace ya un tiempo que no llevo directamente este tema) pero, al menos por experiencia propia, cuando lo comunicas al SEPE te ponen cara de pocker. Te preguntan que para que les entregas/envías esa información y qué hacen con ella. Yo les decía (o le decia a la persona que iba, porque al final tocaba hacerlo presencialmente) "ustedes hagan lo que quieran pero ponganme un sello en esta copia conforme lo he entregado y en tal fecha, de forma que pueda acreditar que he cumplido, y en plazo, esta obligación legal".
Incluso recuerdo que, para Cataluña, tenía que utilizar/adaptar un modelo andaluz, ya que aquí, al menos en aquel entonces (y no hablo de hace tantos años) no existía.
Pero vaya, cuando tienes una inspección, lo hayas comunicado o no al SEPE, lo que te piden es acreditar el número de personas con discapacidad en plantilla.
Saludos