Nueva exención de las cuantías de los despidos objetivos y E.R.E

vicherga

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Ahora, con los nuevos cambios legislativos,  si un despido objetivo por el artículo 52 c) del E.T, o por via del Expediente de Regulación de Empleo,  en vez de pagar 20 días, se acuerda pagar más días estaría totalmente exenta de tributar dicha indemnización.  El límite está en los 45 días.

Es correcto verdad??
 
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