"nueva" JUBILACIÓN OBLIGATORIA

jcg73

Miembro activo
De acuerdo con el RD.Ley 28/2018, aquellos convenios que así lo acuerden, podrán establecer la jubilación obligatoria si el trabajador cumple con los requisitos para acceder al 100%.
Pero cómo puede saber la empresa si su trabajador cumple con estos requisitos. Es decir, si al trabajador no le interesa que le jubilen y no facilita su vida laboral, salvo que lleve 40 años en la misma compañía, qué puede hacer la empresa si no está segura de que este trabajador puede jubilarse???
 

jcg73

Miembro activo
Insisto, salvo q el trabajador esté en la empresa desde los 25 años o antes, no veo q le puedan obligar a facilitar su informe de vida laboral, no??
 

AFG

Miembro
Yo creo que una forma de saberlo sería ponerle un Burofax, diciendo que en cumplimiento de lo que dice el Convenio del Sector reúne los requisitos para la Jubilación Forzosa.
Y si se niega a aportar los datos de la vida laboral, creo que se podría poner una denuncia en el Juzgado y que se lo pida el Juez.
Debería ser posible este camino, si no ¿Para que están la clausulas de los nuevos Convenios? Ejem.Siderometalurgico de Barcelona
 

jcg73

Miembro activo
AFG dijo:
Yo creo que una forma de saberlo sería ponerle un Burofax, diciendo que en cumplimiento de lo que dice el Convenio del Sector reúne los requisitos para la Jubilación Forzosa.
Y si se niega a aportar los datos de la vida laboral, creo que se podría poner una denuncia en el Juzgado y que se lo pida el Juez.
Debería ser posible este camino, si no ¿Para que están la clausulas de los nuevos Convenios? Ejem.Siderometalurgico de Barcelona

En mi caso, mi cliente es el tjdor al q llevan atosigándole desde los 63 para q se jubile, así q de entrada no les facilitará voluntariamente el informe,,,
 
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