Nuevas bases minimas cotización--Ejemplo

José2022

Miembro
Hola, buenas tardes. Si alguno controla el tema y me puede ayudar.

Trabajador, fijo discontinuo(300), 8 horas, grupo cotización 9.

Le mando la nómina el 30 de marzo, antes de publicarse en el BOE las bases mínimas. La nómina sería:

I. Devengo: 1379,50
II.Deducciones: 88,98
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Líquido a percibir: 1290,52€. Horas trabajadas : 184

La Base Cotización contigencias comunes: 1.379,50€
Base contingencias profesionales : 1.379,50€

Mando el casia y me dice que NO se ha calculado la liquidación por estar por debajo de las bases minimas.

Vuelvo a recalcular la nómina con el programa, y me sale ahora la Base de cotización conting. comunes y contingencias profesionales: 1396,56€.

He visto que esos 1396,56€ vendrían de 184 horas trabajadas en el mes x 7,59 de la nueva base de cotización .

Pero mi pregunta es, los 7,59 € es para los contratos de tiempo parcial ¿ Sabéis alguno por qué en un contrato fijo discontinuo de 8 horas coge esas 7,59€?r
o los 1396,56€ se calcula de otra forma.


Agradezco cualquier tipo de ayuda. Gracias de antemano
 

Tácito

Miembro activo
Los contratos fijos discontinuos siempre cotizan por las bases mínimas de horas de contratos a tiempo parcial, da igual que sean a jornada completa. Para la TGSS los fijos discontinuos siempre son parciales.
Si hizo 184 horas la base de cotización mínima son 1.396,56
 

José2022

Miembro
Muchisimas Gracias Tácito. Me lo suponía por lo que vi al recalcularlo,pero necesitaba que alguien que controlara del tema me ayudase a resolver la duda.
 

Tácito

Miembro activo
También cotizan por la base mínima de TP aunque estén por encima de la base?
No, me refería al caso de Jose en el que su base de cotización era inferior a la mínima por horas. Si la base de cotización es superior a la base por horas se cotiza por la superior.
 

E2021

Miembro activo
Buenos días retomo este hilo, porque esta mañana he hablado con la mutua por un trabajador que tengo FD en R. General, es nuevo, ha sido alta el 04.10.2023 y el 20.10.2023 ha cogido la baja. Mi compañero dice que la base de cotización diaria es 7.59*8= 60.72, hemos llamado a la mutua y dice que no, que para la prestación la base que tengo que comunicar es coger su salario mensual dividirlo entre 30 y lo que salga y si no que le ponga la mínima 42 euros, ¿Cómo lo estáis haciendo?
 

E2021

Miembro activo
Es que creo que he confundido base de cotización con base reguladora para la prestación. La base de cotización sí se calcularía de acuerdo a las horas trabajadas por el importe mínimo por hora, según su grupo de cotización, pero la base reguladora para la prestación de IT no, habría que saber cuál es su salario mensual, dividirlo entre 30 ó 31 días y esa sería su base reguladora para el cálculo de prestaciones. ¿lo veis?
 

Tácito

Miembro activo
El 248.1.c) del TRLGSS habla de suma de bases.

c) La base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización a tiempo parcial acreditadas desde la última alta, con un máximo de tres meses inmediatamente anteriores al del hecho causante, entre el número de días naturales comprendidos en el período.

Para las personas con contrato fijo-discontinuo la base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas desde su alta en el correspondiente régimen a consecuencia del inicio de la prestación de servicios motivado por el último llamamiento, con un máximo de tres meses inmediatamente anteriores al del hecho causante, entre el número de días naturales comprendidos en el período.
 

E2021

Miembro activo
Tácito y si se acaba de incorporar? no hay bases de cotización de los tres meses anteriores, se calcularía la nómina por los días trabajados y se dividiría por los días naturales, no? pero lo que NO acabo de ver es comunicar como base reguladora 8horas * 7,59= 60.72, tú sí?
 
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