Buenas tardes a todos, a estas alturas ya mas o menos está claro como se hacen los contratos en formación, irían por teleformación y obtención de certificado de profesionalidad y hay que pedir una autorización previa al SEPE. Si en 30 días no te contestan, ya se puede tramitar el alta y el contrato, mientras no. Hasta ahí bien. Pero me comenta un centro de formación que se puede hacer de otra manera: a distancia para la obtención de un titulo de formación profesional. Lo que me extraña es que me dicen que para esta segunda modalidad, no es necesario que te autorice el SEPE, solo hay que comunicar previamente que te vas a acoger a esa modalidad, y luego tramitas el alta. No paro de darle vueltas al art 16 del RD 1529/2012, y yo creo que la autorización del SEPE es preceptiva en ambos casos.
Que opináis? Habeis hecho alguno con formación profesional?
Gracias adelantadas.
Que opináis? Habeis hecho alguno con formación profesional?
Gracias adelantadas.