Obligatoriedad de la empresa en la excedencia voluntaria

Buenas tardes,

Cuando un trabajador solicita reincorporarse de una excedencia y la empresa se lo deniega por no haber vacante ¿está obligada la empresa a comunicarle una vacante que se produce un año después? En caso de ser afirmativo, ¿Es ilimitado el tiempo en el que la empresa está obligada a comunicar al trabajador la vacante del puesto?.

Saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, está obligada a comunicar la existencia de vacante que dura mientras haya reincorporación.
 

Triqui

Miembro
Tengo entendido si no es así me lo corregís, es que durante la excedencia no se acumula la antigüedad, por así decirlo queda en suspenso. Pero tras el reingreso de producirse tal, el trabajador excedente conserva la antigüedad anterior a la excedencia. ¿Cierto?
Gracias!
 

fundación

Miembro conocido
Los tipos de excedencia en los que sí se computa antigüedad vienen especificados en el art. 46 ET.
 
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