Pues eso, os agradecería cómo es en la práctica la opción por la indemnización. Vamos a recibir seguro en los próximos días sentencia condenatoria por despido improcedente y creo que dan un plazo de 5 días para optar por la readmisión o el pago de la indemnización y salarios tramitación.
Vamos a optar por lo segundo:
-¿Cómo se hace? Hay que ir al Juzgado a comunicar la opción con el dinero ya o sólo a comunicar la opción y luego se paga.
-Han pasado más de 60 días hábiles desde la imposición de la demanda, ¿podremos recuperar el exceso de salarios a partir de los 60 días? ¿Pero habrá que pagar antes todo, no?
Por último somo dos codemandadas, cómo deberemos hacer el pago y la opción y todo.....
Gracias
Vamos a optar por lo segundo:
-¿Cómo se hace? Hay que ir al Juzgado a comunicar la opción con el dinero ya o sólo a comunicar la opción y luego se paga.
-Han pasado más de 60 días hábiles desde la imposición de la demanda, ¿podremos recuperar el exceso de salarios a partir de los 60 días? ¿Pero habrá que pagar antes todo, no?
Por último somo dos codemandadas, cómo deberemos hacer el pago y la opción y todo.....
Gracias