Opinión alegaciones

Dsoleil

Miembro
Buenos días,

Hemos recibido una liquidación provisional por aplicación de tipo reducido del 15% en IS para "empresas de nueva creación" (entrecomillo porque tiene demasiada letra pequeña). La AEAT considera que los socios han realizado previamente la misma actividad que la sociedad y por tanto no procede el tipo reducido sino el general del 25%.

En las alegaciones creo que nos ayudaría mencionar que el alta en iae por parte de uno de los socios fue posterior a la constitución de la sociedad, y se produjo únicamente para prestar servicios y facturarlos a la sociedad, siendo ésta su único cliente.

Temo que esto pueda ser utilizado en nuestra contra, o darles alguna idea para que puedan abrir otros procedimientos de comprobación de facturación de operaciones vinculadas, por ej.

¿Qué opinaís?

Muchas gracias

Saludos
 

Dsoleil

Miembro
Buenos días,

Hemos recibido una liquidación provisional por aplicación de tipo reducido del 15% en IS para "empresas de nueva creación" (entrecomillo porque tiene demasiada letra pequeña). La AEAT considera que los socios han realizado previamente la misma actividad que la sociedad y por tanto no procede el tipo reducido sino el general del 25%.

En las alegaciones creo que nos ayudaría mencionar que el alta en iae por parte de uno de los socios fue posterior a la constitución de la sociedad, y se produjo únicamente para prestar servicios y facturarlos a la sociedad, siendo ésta su único cliente.

Temo que esto pueda ser utilizado en nuestra contra, o darles alguna idea para que puedan abrir otros procedimientos de comprobación de facturación de operaciones vinculadas, por ej.

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