opiniones tema artistas

Caslaboral

Miembro conocido
Buenas,

alguien lleva algo de artistas a nivel mas grande? Yo tengo una empresa pero solo hacemos contratos puntuales de 1 dia y tal.

Se me hace la siguiente cuestion: persona contratada durante 5 meses haciendo X mediante contrato en regimen de artistas. En contrato se pacto 2000 euros brutos al mes y en conceptos incluidos se pone lo de siempre (salario base, pagas, etc) pero tambien se pone parte proporcional de vacaciones y indemnizacion.

Ahora termina el contrato y le dicen que no hay finiquito (ni vacaciones ni indemnizacion) porque ya se ha pagado en esos 2k. Se ve que es algo que se hace bastante en regimen de artistas.

es normal? o mejor dicho, legal? No acabo de entender el articulo 7 del RD 1435, en el sentido de si se puede incluir todo esto en la remuneracion pactada..
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Esto que comentas es bastante común en el régimen de artistas y, de hecho, está regulado en el artículo 7 del RD 1435/1985, que permite incluir en la retribución mensual conceptos como la parte proporcional de vacaciones y la indemnización por fin de contrato, además del salario base y las pagas extraordinarias. Ahora bien, hay algunos puntos clave que deberían quedar claros:

  1. Es legal, pero siempre que se cumplan ciertas condiciones:
    • El contrato debe especificar de manera transparente que esos 2000 euros brutos al mes incluyen la parte proporcional de vacaciones, las pagas extras y la indemnización por fin de contrato. Si no se dice expresamente, podrían reclamarse esas cantidades aparte.
    • Además, los cálculos deben ser correctos y ajustarse a la normativa. No pueden inventarse una cifra sin justificar qué porcentaje corresponde a cada concepto.
  2. Si en el contrato está todo bien especificado, no hay lugar para reclamar un finiquito adicional por vacaciones o indemnización, porque ya se habría pagado en esos 2000 euros mensuales. Esto es algo que efectivamente se hace bastante en este régimen laboral.
  3. Por último, revisaría el contrato para asegurar que está correctamente reflejado que esos conceptos están prorrateados. Si no queda claro o hay dudas en los cálculos, el trabajador podría reclamar.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Esto que comentas es bastante común en el régimen de artistas y, de hecho, está regulado en el artículo 7 del RD 1435/1985, que permite incluir en la retribución mensual conceptos como la parte proporcional de vacaciones y la indemnización por fin de contrato, además del salario base y las pagas extraordinarias. Ahora bien, hay algunos puntos clave que deberían quedar claros:

  1. Es legal, pero siempre que se cumplan ciertas condiciones:
    • El contrato debe especificar de manera transparente que esos 2000 euros brutos al mes incluyen la parte proporcional de vacaciones, las pagas extras y la indemnización por fin de contrato. Si no se dice expresamente, podrían reclamarse esas cantidades aparte.
    • Además, los cálculos deben ser correctos y ajustarse a la normativa. No pueden inventarse una cifra sin justificar qué porcentaje corresponde a cada concepto.
  2. Si en el contrato está todo bien especificado, no hay lugar para reclamar un finiquito adicional por vacaciones o indemnización, porque ya se habría pagado en esos 2000 euros mensuales. Esto es algo que efectivamente se hace bastante en este régimen laboral.
  3. Por último, revisaría el contrato para asegurar que está correctamente reflejado que esos conceptos están prorrateados. Si no queda claro o hay dudas en los cálculos, el trabajador podría reclamar.

Me sorprende lo de las vacaciones, que puedan no hacerlas :p probrecitos. Pero vale, bsatante claro.

En el contrato literalmente pone esto:

"CUARTA: el/la trabajador/a percibirá una retribución total de 2.000 euros brutos (12) mensuales que se distribuirán en los siguientes conceptos salariales (13) Salario base, pagas extras, mejora voluntaria, vacaciones (parte proporcional e indemnización fin contrato."

Estoy esperando que me pasen unas clausulas adicionales para ver si se refleja algo mas, pero, si solo hay esto, se podria reclamar algo? ya que no esta desglosado nada...
 
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