Otra de tarifa plana

Argi

Miembro conocido
Empresa de reciente creación que contrata inicialmente (hace 4 meses) a todos sus trabajadores (6) con la tarifa plana en diferentes porcentajes. Quiere pasar de la tarifa plana. El empresario dice que le condiciona mucho. Piensa que no va a poder cumplir con todos los requisitos para mantener las bonificaciones y no quiere tener que devolver un pastón dentro de x tiempo. Además, se plantea reducir la jornada a alguno de ellos por debajo del 50% de jornada, que es el mínimo bonificable.
DUDAS:
1.-Creo que si sigue manteniendo los contratos indefinidos y el nivel de empleo no le pedirán lo bonificado en estos cuatro meses, independientemente de la parcialidad de los contratos.

2.-¿Cómo se computa el nivel de empleo cuándo se hacen 6 altas el mismo día? ¿Según el orden cronoógico de la hora de alta de cada trabajador? Esto lo pregunto porque la empresa se plantea mantener en la tarifa plana solo a uno de ellos.

3.- Entiendo que si despide a uno improcedentemente y al día siguiente contrata a otro indefinido sin bonificar, tampoco tendría que devolver las bonificaciones. No me queda claro  qué pasa si el despido es procedente (sin llegar ni siquiera a conciliación) o incluso si es baja voluntaria. Si se reemplaza por otros contratos indefinidos, no habría que devolver lo bonificado, pero ¿se podrían bonificar los nuevos contratos?.

Lo que único que tengo claro es que no animo a casi ninguna empresa a que utilize este contrato.

Un saludo
 

Raquel GR

Miembro activo
Lo de que baja el porcentaje por debajo del 50% es muy buena pregunta.

Yo entiendo que en el momento en que baje del 50% dejas de aplicarle bonificación, pero mantienes la que tenía, no debe devolver por el periodo que sí tenía ese 50% de jornada.

En cuanto al cómputo, eso de la hora, pues no lo veo así. Es mantenimiento de empleo alcanzado con las contrataciones e independientemente de la hora en ese día tienes 6.

La revisión del mantenimiento de empleo, será a los 12 meses, 24 y 36 con lo que es ahí donde tienes que mantener ese nivel de empleo alcanzado con esas contrataciones.

Si despides a uno improcedentemente, sabes que a la llegada de esos 12 meses tienes que tener a otro en su lugar, si es baja voluntaria has de tener a otro en su lugar y si es despido disciplinario no declarado improcedente, ese no, ese no computa, con lo que no has de mantenerlo (lo que no se luego en la práctica como te dirán que lo justifiques, yo creo que te las quitarán y luego te tocará ir a ti a pelear que has mantenido el empleo que esa no computa)

Podrías volverte a bonificar, si esas nuevas contrataciones, cumplen de nuevo con todos los requisitos.

 

Argi

Miembro conocido
En Tesorería lo interpretan igual que tú, Raquel, por día. Aunque les queda cierta duda ante una posible reclamación.
Un saludo
 

Raquel GR

Miembro activo
Hombre se de, de alta a las 11 o las 14.00 y de baja a las 11 o a las 14.00, el día se computa entero a otros efectos, considero que es lo mismo y pj. teniendo en cuenta que para el incremento se computan los 30 dias anteriores, yo voy a día no del día tal a tal de la hora tal a tal....
 
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