Otra vez con los permisos

LORENA25

Nuevo miembro
Hola, el tema de los permisos siempre me pone verde,
Tengo a un trabajador cuyo hermano ha sido operado y permanecido hospitalizado durante dos días (así indica el justificante que me han remitido), seguro le habrán enviado a casita y reposo, pero ambos no conviven.
Ahora, mi duda es si de verdad le corresponden los 5 días laborables o solo los 2 días que ha durado la hospitalización.
Antes de salir publicado el RD, en otra empresa dábamos únicamente los días de permiso mientras duraba la hospitalización (ya sea causada por una operación o enfermedad) si ésta era menor a lo que estipulaba el convenio.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Además del alta hospitalaria, ¿tiene el trabajador el alta médica? Si no es así, ¿requiere "reposo asistido" esa convalencia domiciliaria?.
Pensemos siempre en la naturaleza finalista de los permisos.
Saludos
 

LORENA25

Nuevo miembro
Además del alta hospitalaria, ¿tiene el trabajador el alta médica? Si no es así, ¿requiere "reposo asistido" esa convalencia domiciliaria?.
Pensemos siempre en la naturaleza finalista de los permisos.
Saludos
No, lo que el trabajador me ha pasado es el justificante de operación/hospitalización donde indica que al hermano se le ha ingresado el 09/07 le han operado a X hora y su alta del hospital ha sido el 10/07 a X hora. No dice nada de si requiere reposo (me supongo yo que a lo mejor sí), pero en caso que lo necesitase, ellos no conviven ¿o independientemente de su convivencia, si al hermano le han asignado reposo tengo que darle permiso a ese trabajador?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No, lo que el trabajador me ha pasado es el justificante de operación/hospitalización donde indica que al hermano se le ha ingresado el 09/07 le han operado a X hora y su alta del hospital ha sido el 10/07 a X hora. No dice nada de si requiere reposo (me supongo yo que a lo mejor sí), pero en caso que lo necesitase, ellos no conviven ¿o independientemente de su convivencia, si al hermano le han asignado reposo tengo que darle permiso a ese trabajador?
No le puedes exigir que esté los 5 días pegados a su hermano (en ocasiones las implicaciones o ayuda que se puede requerir en estos casos es muy diversa, no siempre de atención directa), pero sí que acredite que el hecho causante, a pesar del alta hospitalaria, subsiste.
 

LORENA25

Nuevo miembro
No le puedes exigir que esté los 5 días pegados a su hermano (en ocasiones las implicaciones o ayuda que se puede requerir en estos casos es muy diversa, no siempre de atención directa), pero sí que acredite que el hecho causante, a pesar del alta hospitalaria, subsiste.
En ese caso, ¿le pido que me envíe un documento donde indique que el hermano permanecerá en reposo domiciliario? ¿existe eso?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
En ese caso, ¿le pido que me envíe un documento donde indique que el hermano permanecerá en reposo domiciliario? ¿existe eso?
Creo que esta práctica no la sigue ni el 1% de las empresas (y siendo optimista), pero entiendo que podría hacerse. Es decir, y aunque aquí nos topamos con el problema del literal de la norma (que no indica el matiz "hasta", simplemente dice "5 días" y punto), no podemos obviar, como decía, la naturaleza finalista de estos permisos (que pueden implicar diversas cosas no únicamente atención directa al familiar, pareja de hecho, conviviente...), y, por tanto, solo tienen sentido si subsiste el hecho causante (hospitalización, reposo domicilario que requiera atención...), por lo que puede ser legítima la solicitud por parte de la empresa de acreditar la susbsistencia del hecho causante, y que en este caso, efectivamente, podría ser, tras el alta hospitalaria (y sin dar datos de salud concretos), certificación por parte del hospital o del facultativo, que la persona requiere reposo domiciliario (y yo añadiría, por puro sentido común, "asistido", pero este matiz tampoco lo indica el literal de la norma).

En definitiva, lo que no puede ser es que el familiar haga ya vida perfectamente normal (o casi, pero no precise de ninguna asitencia personal) y los familiares, parejas de hecho y familiares de la perja de hecho, convivientes, etc, sigan disfrutando del permiso.
Pero, es cierto, muchas empresas prefieren no complicarse. Todo dependerá del impacto que ciertas actitudes puedan tener (si la gente ejerce este derecho con responsabilidad, o lo crítico que pueda ser para la empresa disponer de cierta persona en cierto momento...). También es verdad que, de hacerlo, tampoco es recomendable hacerlo con unos y con otros no.
 

LORENA25

Nuevo miembro
Creo que esta práctica no la sigue ni el 1% de las empresas (y siendo optimista), pero entiendo que podría hacerse. Es decir, y aunque aquí nos topamos con el problema del literal de la norma (que no indica el matiz "hasta", simplemente dice "5 días" y punto), no podemos obviar, como decía, la naturaleza finalista de estos permisos (que pueden implicar diversas cosas no únicamente atención directa al familiar, pareja de hecho, conviviente...), y, por tanto, solo tienen sentido si subsiste el hecho causante (hospitalización, reposo domicilario que requiera atención...), por lo que puede ser legítima la solicitud por parte de la empresa de acreditar la susbsistencia del hecho causante, y que en este caso, efectivamente, podría ser, tras el alta hospitalaria (y sin dar datos de salud concretos), certificación por parte del hospital o del facultativo, que la persona requiere reposo domiciliario (y yo añadiría, por puro sentido común, "asistido", pero este matiz tampoco lo indica el literal de la norma).

En definitiva, lo que no puede ser es que el familiar haga ya vida perfectamente normal (o casi, pero no precise de ninguna asitencia personal) y los familiares, parejas de hecho y familiares de la perja de hecho, convivientes, etc, sigan disfrutando del permiso.
Pero, es cierto, muchas empresas prefieren no complicarse. Todo dependerá del impacto que ciertas actitudes puedan tener (si la gente ejerce este derecho con responsabilidad, o lo crítico que pueda ser para la empresa disponer de cierta persona en cierto momento...). También es verdad que, de hacerlo, tampoco es recomendable hacerlo con unos y con otros no.
Muchas gracias
 
Arriba