Muy buenas,
Hasta ahora, en los casos en los que estando el trabajador de IT y el convenio obligaba a complementar al 100% el salario real, abonaba las pagas extras íntegras.
Por contra, si el convenio no complementaba, descontaba de la extra los días en IT.
La duda me ha surgido al leer que al parecer hay una sentencia del Tribunal Supremo que dice que aunque el convenio obligue a complementar al 100%, si no se índica específicamente en el mismo que el periodo de baja es periodo de trabajo efectivo se podría descontar igualmente de la extra los días de IT.
¿Cómo actuáis al respecto?
Un saludo
Hasta ahora, en los casos en los que estando el trabajador de IT y el convenio obligaba a complementar al 100% el salario real, abonaba las pagas extras íntegras.
Por contra, si el convenio no complementaba, descontaba de la extra los días en IT.
La duda me ha surgido al leer que al parecer hay una sentencia del Tribunal Supremo que dice que aunque el convenio obligue a complementar al 100%, si no se índica específicamente en el mismo que el periodo de baja es periodo de trabajo efectivo se podría descontar igualmente de la extra los días de IT.
¿Cómo actuáis al respecto?
Un saludo