pues no veas las peloteras que hay.... Pero con los salarios brutos también no te pienses, .... que la gente trabaja por el salario a cobrar y los impuestos que los asuma la empresa. Es que aun sabiendo que tienen un salario bruto pactado no cuela lo de bajar la nómina, aunque sean tus impuestos. Por supuesto que suben las nóminas para cubrir impuestos... y si no tienes morro para tiempos.. Te hablo de pequeña empresa que trabajas codo con codo con el trabajador, y os veis la cara a todas horas...Acordar salarios en líquido no está regulado, además de ser una sinrazón.
Lo que preguntas no vas a encontrar una respuesta oficial. Lo que acuerden las partes y que, por cierto, puede dar lugar a algunas anomalías o situiaciones imprevistas
No te has preguntado, por ej, qué pasará si tiene un hijo y le baja el IRPF? (¿le bajaréis el salario bruto?)
O si, al contratarlo a mediados de año, al llegar enero se actualiza la prevision de ingresos anual y le sube el IRPF al triple (¿le subiréis el sueldo bruto por ese motivo?).
Así también lo hago yo con los cabezotas, y en el contrato pongo expresamente como salario ese bruto que resulta que he calculado. A veces si estamos a fechas cercanas a fin de año calculo el bruto como si fuera enero.Yo lo que suelo hacer en estos casos es calcular el bruto en función del líquido pactado y advertir a la empresa que ese bruto es el que servirá para las variaciones futuras, pero desde luego, hay quien no baja del burro...
ojalá me despertara yo en ese mundo maravilloso.....Desconozco de donde viene lo de pactar los salarios líquidos, pero también advertiría a la empresa que pactar salarios líquidos tiene un sobrecoste de horas de trabajo/cálculos para cuadrar el descuadre .
yo ahora mismo solo tengo un caso y es porque se le aplica la Ley Beckham. Hace años tenía clientes en Mercamadrid y me decían que sólo entienden lo que les llega al bolsillo ..... y unos como mi cabeza decía yo....pero la mayoría funcionaba así, les contrataban a líquido.Desconozco de donde viene lo de pactar los salarios líquidos, pero también advertiría a la empresa que pactar salarios líquidos tiene un sobrecoste de horas de trabajo/cálculos para cuadrar el descuadre .
decir "Asesoría Pepe" es plagioTal vez podrías aplicar una "tarifa especial" para casos de sueldos pactados en líquido (por el trabajo adicional y riesgos que generan), seguro que sería disuasorio (pero imagino que siempre tendrían la alternativa de acudir a la "Asesoría Pepe" que se lo hace sin problemas ni tantas advertencias )
De todas formas, para hacerlo bien... ¿no entráis en bucle? Porque, sin variar salario, cualquier circunstancia como cambio de contrato (de temporal a indefinido o prórroga, que obliga a actualizar la previsión de cálculo si cambia el periodo considerado, o el cambio de año, si ha empezado a lo largo del año, o cambio en las tablas de retención, o cambio en las circunstancias personales...), o si se da el cobro de algún variable no previsto (o por un importe no previsto)... todo ello puede implicar una regularización en la retención, que si queremos mantener el mismo neto, puede llevar a un cambio en el bruto, lo que a su vez lleva a una nueva regularización, con un nuevo neto resultante que volverá a implicar un nuevo cambio en el bruto... y así hasta el infinito.
O tenéis una fórmula mágica o tal práctica de mantener líquidos implica una aplicación... muy "laxa" de las normas sobre retenciones a cuenta del IRPF.
A ver, a mi me lo calcula el programa, se tiene que hacer el recalculo bastantes veces pero en algún momento llega a un equilibrio cósmico y la retención deja de variarTal vez podrías aplicar una "tarifa especial" para casos de sueldos pactados en líquido (por el trabajo adicional y riesgos que generan), seguro que sería disuasorio (pero imagino que siempre tendrían la alternativa de acudir a la "Asesoría Pepe" que se lo hace sin problemas ni tantas advertencias )
De todas formas, para hacerlo bien... ¿no entráis en bucle? Porque, sin variar salario, cualquier circunstancia como cambio de contrato (de temporal a indefinido o prórroga, que obliga a actualizar la previsión de cálculo si cambia el periodo considerado, o el cambio de año, si ha empezado a lo largo del año, o cambio en las tablas de retención, o cambio en las circunstancias personales...), o si se da el cobro de algún variable no previsto (o por un importe no previsto)... todo ello puede implicar una regularización en la retención, que si queremos mantener el mismo neto, puede llevar a un cambio en el bruto, lo que a su vez lleva a una nueva regularización, con un nuevo neto resultante que volverá a implicar un nuevo cambio en el bruto... y así hasta el infinito.
O tenéis una fórmula mágica o tal práctica de mantener líquidos implica una aplicación... muy "laxa" de las normas sobre retenciones a cuenta del IRPF.
jaja... es cierto, yo también estoy ahí recalcula recalcula recalcula... hasta que el yin y el yang acaban por complementarse. Según me voy acercando a la cifra mágica que me dio el cliente los improperios y palabras de maldición van disminuyendoA ver, a mi me lo calcula el programa, se tiene que hacer el recalculo bastantes veces pero en algún momento llega a un equilibrio cósmico y la retención deja de variar
me gustaría saber si cuando te falta un 0.01 para llegar a la cifra redonda del líquido pactado, sigues recalculando o pasas.... yo no puedo parar , estoy ajustando al céntimo hasta que me muera en el intento. algo toc tenemos que tener los que nos dedicamos a este oficio sino no me lo explicoA ver, a mi me lo calcula el programa, se tiene que hacer el recalculo bastantes veces pero en algún momento llega a un equilibrio cósmico y la retención deja de variar
me gustaría saber si cuando te falta un 0.01 para llegar a la cifra redonda del líquido pactado, sigues recalculando o pasas.... yo no puedo parar , estoy ajustando al céntimo hasta que me muera en el intento. algo toc tenemos que tener los que nos dedicamos a este oficio sino no me lo explico