PAGO DE ATRASOS DE UNA PENSION DE VIUDEDAD

Alejandro69

Nuevo miembro
Hola , expongo el caso de una amiga por si alguien pudiera asesorarme al respecto.
Esta persona , percibe una pension de viudedad desde el año 2009 ,de 480 euros.Hace un mes fuimos a informarnos si estaba bien y resulto que no, que esta persona , debiera haber estado cobrando 630,desde el fallecimiento de su marido.El caso es que en principio la dijeron que iba a recibir los atrasos desde el 2009 , pero no ha sido asi, solo la han abonado con caracter retroactivo , lo correspondiente al año en curso 2015.Informandola que solo se pueden reclamar los atrasos del año en curso, lo cual es lo normal, puesto que ella no sabia que su pension estaba mal desde el 2009.Conclusion , el INSS se ha quedado con mas de 10000 euros en atrasos de esta persona, lo correspondiente a los años 2009 hasta 2014.La pregunta es , habra alguna ley interna del INSS que diga que solo se pueden reclamar los fallos de pensiones del año en curso?
Si alguien me puede contestar se lo agradeceria, gracias de antemano
 

FERNANDO

Miembro conocido
en principio, el plazo para aplicar retroactivamente es sólo de tres meses, salvo error material, de hecho o aritmético.
 
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