pago de indemnizacion d e 45 días por cuantía inferior por error

garcia montes

Nuevo miembro
Que pasaría si una empresa despide a un trabajador reconociendo la improcedencia en fecha 30 de enero y consigna  una cuantía que por error (excusable) es inferior a la verdadera (por no haber tenido en cuenta alguna cuantía variable)???? si el trabajador denuncia.... podría declararse en sentencia que ese despido es nulo??? y habría que reincorporar  y volver a despedir y consignar???  y la cantidad inferior ya consignada???

muchas gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
No, de nulo nada (a no ser que haya razones). En principio si el error es excusable, el juez te obliga a pagar la diferencia y punto. Si lo considera no excusable, pues: diferencia  + salarios de tramitación hasta fecha de sentencia.
 
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