PAGO DE PAGA EXTRA EN PERIODO DE INCAPACIDAD TEMPORAL

MEQUOL

Miembro
Buenas tardes, me surge una duda, durante el periodo de incapacidad temporal por enfermedad de un trabajador no se genera el derecho al pago de la paga extra. Además el convenio colectivo de oficinas y despachos de Madrid, no dice nada de que se considere el periodo de incapacidad temporal como tiempo de trabajo efectivo, por lo que entiendo que a un trabajador que esté de baja por enfermedad y se rija por este convenio, no se le debería de pagar paga extraordinaria durante el tiempo que esté de baja por enfermedad. ¿opináis igual que yo?
Muchas gracias por vuestra atención.
 

DavidGA

Miembro activo
Bajo mi punto de vista durante el tiempo pasado en IT no se genera derecho a percibir la paga extraordinaria salvo que se establezca una mejora voluntaria por convenio colectivo. Por tanto en este caso no devenga paga extra
 

Cachilipox

Miembro conocido
No es que no se genere, se genera y la cobra, en la propia prestación IT.
La prestación IT es un % respecto de la BR.
La BR es el salario mensual + la parte proporcional de pagas.
Por tanto, la prestación IT es un % de salario mensual + % de pagas extras.
Por otra parte, como dice DavidGA, "salvo lo que diga o establezca el convenio", que a veces, dicen cosas.
 

MEQUOL

Miembro
No es que no se genere, se genera y la cobra, en la propia prestación IT.
La prestación IT es un % respecto de la BR.
La BR es el salario mensual + la parte proporcional de pagas.
Por tanto, la prestación IT es un % de salario mensual + % de pagas extras.
Por otra parte, como dice DavidGA, "salvo lo que diga o establezca el convenio", que a veces, dicen cosas.
Muchas gracias
 
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