FERNANDO dijo:
el caso es que creo que en las vacaciones el devengo no pertoca legalmente (aunque sea lo justo). La ley habla de 30 días de vacaciones con derecho a sueldo y, el sueldo, será el existente en el momento de las vacaciones.
También habla de una jornada anual, que los convenios suelen concretar en horas y que debe ser consistente a la hora de tener en cuenta las vacaciones (su disfrute qué impacto en horas ha tenido realmente y ponderar la jornada (completa, parcial, porcentaje...) a lo largo de todo el año para verificar que esa jornada anual se cumple.
Pero es igual, si uno se obsesiona en hablar de vacaciones en días y no horas (porque es cierto que el ET y los convenios suelen hablar de días), al final el tema se puede resolver con el devengo de salario dunrante el disfrute (yo puedo decir que alguien a jornada completa cuando hace vacaciones disfrtua de 8 horas de vacaciones cada día hábil de vacaciones y que quien está a media jornada sus dias de vacaciones son de 4 horas, es decir, las horas que deja de trabajar en realidad, pero devengando salario, pero si para algunos les resulta más fácil verlo de esta otra manera, tambien se puede decir que con jornada completa durante las vacaciones devengas el salario correspondiente a jornada completa, esto es, al que corresponde por trabajar 8 horas diarias de promedio, y el que trabaja a media jornada durante sus vacaciones devenga el salario que corresponde a media jornada, es decir, 4 horas de promedio, y siempre considerando una jornada a tiempo completo de promedio de 8 horas diarias, que eso depenerá de la empresa y convenio, claro.)
Y claro, si resulta que estoy a jornada completa y a mitad de año, con 15 dias ya de vacaciones devengadas pero no disfrtuadas, resulta que paso a media jornada, no puede ser que por ese motivo esas vacaciones que ya tenia devengadas pasen a valer la mitad. Si lashubiera disfrtuado antes del cambio de jornada hubiera disfrutado de vacaciones de 8 horas por cada dia hábil, o lo que es lo mismo, hubiera percibido el salario que corresponde a jornada completa. no veo ningun argumento que de permita defender que por el cambio de jornada pasen a valer la mitad. ¿No creéis?
Pero vaya, lo dicho, con el devengo y disfrute en horas nosotros lo tenemos muy´fácil y la gente loi entiende perfectamente (además de ahorrarnos las discusiones sobre que pasa con los fragmentos de días de vacaciones, siempre hablamos de horas e, inlcuso si se trata del finiquito, de decimales de horas al calcular la compensación económica).
Saludos