PAGO SEGURO CONVENIO

martel

Miembro
Buenas tardes.
tengo un trabajador que ha pasado a Incapacidad Permanente Total y tiene derecho a un pago por Seguro de Convenio de 15.000€. Hasta ahora lo tenia por cobertura de un seguro pero este año 2023 no nos ha cubierto el que estaba de baja médica y lo tiene que asumir la empresa.
Mi duda es: no cotiza ni retiene?, como sería en liquidación?.
Gracias
 

Cachilipox

Miembro conocido
Las prestaciones sociales complementarias cotizan y tributan.
Hay una sentencia de casación que establece que ciertas prestaciones, abonadas por compañías de seguros (por tanto, compromiso externalizado), que provengan de contratos suscritos con anterioridad a 2006, y que sean de renovación anual automática, pueden gozar de la exención parcial de planes de pensiones (reducción 40 %).

Si el pago viniese de la compañía de seguros, no cotizaría, pues ya habrían cotizado las primas pagadas.
Pero como no provienen de la compañía de seguros, se entiende que es un mayor salario, una mejora de prestaciones de la seguridad social (CRA 0056)

En el IRPF es renta de trabajo la diferencia entre la prestación recibida, y la prima pagada a la compañía de seguros. En este caso, nada, así que toda la prestación es renta.
 
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