Estoy leyendo la Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Social y al parecer se puede anticipar la papeleta sin necesidad a que se produzca ella extinción definitiva en el caso de un objetivo ¿es correcto eso?. Pregunto porque me ha venido un chico que le han entregado la carta el día 16 de mayo con efectos del 31 de mayo y acabo de hablar con la otra parte que se muestra conforme a llegar a un acuerdo y si eso le presentaba ya la papeleta el lunes.
¿Puedo hacerlo?
¿Puedo hacerlo?