Una persona que estuvo en el régimen general hasta el 2014, después pasó al régimen asimilado porque fue nombrado administrador y ahora seguramente volverá al régimen general porque va a haber otro administrador.
Si a este trabajador lo despiden estando en el régimen general, entiendo que tiene derecho a paro y le cuentan las cotizaciones de los 6 años anteriores que estén en el régimen general normal ¿no?
Por otra parte, se trata de una empresa familiar y el nuevo administrador es el padre del trabajador, no hay convivencia ni el trabajador tiene participaciones en la sociedad pero igual el INEM le pone problemas para pagar la prestación ¿Qué opináis?
Si a este trabajador lo despiden estando en el régimen general, entiendo que tiene derecho a paro y le cuentan las cotizaciones de los 6 años anteriores que estén en el régimen general normal ¿no?
Por otra parte, se trata de una empresa familiar y el nuevo administrador es el padre del trabajador, no hay convivencia ni el trabajador tiene participaciones en la sociedad pero igual el INEM le pone problemas para pagar la prestación ¿Qué opináis?