Paro después de regimen asimilado

Noviembre

Miembro
Una persona que estuvo en el régimen general hasta el 2014, después pasó al régimen asimilado porque fue nombrado administrador y ahora seguramente volverá al régimen general porque va a haber otro administrador.
Si a este trabajador lo despiden estando en el régimen general, entiendo que tiene derecho a paro y le cuentan las cotizaciones de los 6 años anteriores que estén en el régimen general normal ¿no?
Por otra parte, se trata de una empresa familiar y el nuevo administrador es el padre del trabajador, no hay convivencia ni el trabajador tiene participaciones en la sociedad pero igual el INEM le pone problemas para pagar la prestación ¿Qué opináis?
 

FERNANDO

Miembro conocido
6 años anteriores... pero sigue contando el tiempo en asimialdo. Así:

estoy 10 años en general

estoy 7 años más en asimilado

luego 4 meses en general.... pues no tengo paro.

En el segundo caso, no tiene por qué haber problemas.
 

Noviembre

Miembro
Gracias Fernando, en este caso en los últimos 6 años estuvo unos 4 años en el régimen general y dos en el asimilado así que tendría derecho a paro, o ¿te refieres a que el último periodo en el general tiene que ser mínimo de un año?
 
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