PARO

Novata80

Nuevo miembro
Buenos días,

si un trabajador deja un trabajo en el que tiene un contrato fijo para irse a otra empresa. De qué duración mínima tiene que ser este contrato para que una vez que se le acabe pueda cobrar paro?
Cobraría paro a sabiendas de que ese contrato nuevo es de interinidad?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que no debería haber problema, siempre y cuando no sea baja por periodo de prueba dentro de los tres meses después de la baja voluntaria anterior.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, él periodo mínimo (3 meses) la norma sólo lo establece para el caso concreto de extinción de la nueva relación laboral por no superación del periodo de prueba.
Lo que no quiere decir que el SEPE sospeche casi sistemáticamente, y presuma fraude, en caso de extinciones debidas a otras causas (fin de contrato, despido…) y no haya transurrido ese tiempo mínimo.

Y es que una cosa es que dejes un trabajo estable por otro que, por lo que sea, te ofrezca un mayor aliciente (salario, puesto, ubicación geográfica...) y la cosa salga mal y otra es que dejes ese trabajo estable por otro con un contrato temporal de pocos meses, por ejemplo (habrá que analizar diversas cuestiones, `pero, a priori, canta).
Por supuesto, en esos casos, sería el SEPE quien deba acreditar que tal fraude existe, pero hay casos que claman  al cielo e imagino que indicios razonables deberían bastar.

En el caso que planteas (y eso ya entra en el terreno puro de la especulación, disculpa, no te lo tomes a mal y posiblemente las cosas vayan por otros derroteros) es que `parece que el trabajador quiera dejar ese trabajo estable y trabajar sólo lo justo (pero no más) para tener asegurada la prestación  de desempleo.

Saludos
 

Novata80

Nuevo miembro
Nando_bcn dijo:
Efectivamente, él periodo mínimo (3 meses) la norma sólo lo establece para el caso concreto de extinción de la nueva relación laboral por no superación del periodo de prueba.
Lo que no quiere decir que el SEPE sospeche casi sistemáticamente, y presuma fraude, en caso de extinciones debidas a otras causas (fin de contrato, despido…) y no haya transurrido ese tiempo mínimo.

Y es que una cosa es que dejes un trabajo estable por otro que, por lo que sea, te ofrezca un mayor aliciente (salario, puesto, ubicación geográfica...) y la cosa salga mal y otra es que dejes ese trabajo estable por otro con un contrato temporal de pocos meses, por ejemplo (habrá que analizar diversas cuestiones, `pero, a priori, canta).
Por supuesto, en esos casos, sería el SEPE quien deba acreditar que tal fraude existe, pero hay casos que claman  al cielo e imagino que indicios razonables deberían bastar.

En el caso que planteas (y eso ya entra en el terreno puro de la especulación, disculpa, no te lo tomes a mal y posiblemente las cosas vayan por otros derroteros) es que `parece que el trabajador quiera dejar ese trabajo estable y trabajar sólo lo justo (pero no más) para tener asegurada la prestación  de desempleo.

Saludos

Es el caso de una trabajadora que está en una Empresa que se encuentra en concurso de acreedores. El caso es que el proceso se está dilatando en el tiempo. La han llamado para trabajar en otro sitio, por lo que tendría que solicitar la baja voluntaria en su empresa actual.
La Empresa "nueva" la quiere hacer un contrato no tengo claro aun si temporal de duración determinada o por sustitución (creo que  es el segundo caso). Si a los quince días (esperemos que no) la dicen que no supera el periodo de prueba tendría derecho a paro?, y si le dicen que la sustitución se acaba por ejemplo a los dos meses?

Gracias a todos  :)
 

Nando_bcn

Miembro conocido
OK, entendido Novata80. Tal como lo planteas es coomprensible que se plantee el cambio pero con precaución.
Respecto a las cuestiones que planteras:

- si a los 15 días le dicen que no supera el periodo de prueba, y en base a la aplicación estricta de la norma, no tendría derecho a la prestación por desempleo.

- si se trata de un contratyo de interinidad que se extingue a los dos meses por finalizacion de contrato (y, entendemos, no habrán trascurrido 3 meses de la baja voluntaria del trabajo actual), en principio la norma no excluye ese caso de estar en situación legal de desempleo y tener derecho a la prestacion (cumpliendo el requisito de tiempo cotizado, claro), pero es bastante probable que el SEPE le ponga problemas por esa presunción de fraude que comentaba. Ahora bien, entiendo que esa presunción puede ser fácilmente contradecida al alegar la peculiar situación de la empresa actual en la cual ha causado baja voluntaria).
Pero vaya, esto no es una ciencia exacta, y estoy hablando de lógica (la mía) y probabilidades. A ver si alguien se ha encontrado con algún  caso similar en la realidad.

Saludos
 

Clo

Nuevo miembro
De acuerdo con Nando, si está menos de tres meses seguro que le denegarán prestación, pero se supone que si recurres acreditando las causas de la baja voluntaria anterior como válidas, pienso que te lo concederían,... pero dependerá del pie con el que el funcionario se haya levantado esa mañana, claro!
Y si no, intentar encontrar otro currito por el tiempo que falte,...
 
Arriba