parte de confirmación AT

Niema

Miembro activo
buenos días
cuando enviáis parte de confirmación por AT ( lo cual se supone que sigue siendo obligatorio) os lo coge?
nosotros hemos enviado 2 distintos y nos arroja '' codigo parte erróneo''
es imposible contactar con el inss y desde acredita nos contestan que ya no se envían partes de confirmación, solo para contingencias profesional de empresas colaboradoras
(ambos partes son de la misma empresa que va por mutua)
cada administración dice una cosa.
vosotros qué estáis haciendo o cómo estáis procediendo?
nosotros guardando todos los correos del inss, porque no nos queda otra, siltra no lo coge.
 

MONICA R

Miembro activo
Yo también he enviado un parte de confirmación por accidente de trabajo por SILTRA y me viene erróneo. He intentado tramitarlo online y ¡Oh sorpresa, no funciona la página! ¿Habrá algún lunes en el que la página de seguridad social funcione correctamente al completo? He ido a poner un Casia a ver si me aclaran algo y tampoco funciona el servicio
 

BELEN

Miembro conocido
Es que no hay que enviarlos, solo cuando sea una empresa colaboradora o excluida de CC. El BNR 3/2023 dice exactamente:

"A partir del 1 de abril de 2023, los partes de baja, alta y confirmación solo deberán enviarse respecto de:
- Trabajadores que tengan una IT por contingencias profesionales y la cobertura sea responsabilidad de una empresa colaboradora por contingencias profesionales.
- Trabajadores que tengan una Incapacidad Temporal por contingencias comunes y la cobertura sea responsabilidad de una empresa excluida de Incapacidad Temporal por contingencias comunes.
Para el resto de los casos, no se deberán enviar partes de alta ni de confirmación y, respecto de los partes de baja, se enviarán únicamente los datos económicos, una vez que se haya recibido a través del FIE/FIER
 
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