Muuchas Gracias!!! pues me has quitado un peso de encima porque ya estaba hasta sufriendo!!En cuanto pasa el vencimiento del contrato ya está indefinido por norma. Además si es a tiempo completo no hace falta contrato escrito, y si es parcial lo mejor es que lo formalicéis... En contrat@ si haces una transformación, tendrás que indicar que existe una prórroga tácita para que no te dé error el registro.