Pasar de trabajador a socio

TER

Miembro
Sociedad limitada que su administrador se jubilará en 5 años, con el fin de ir quitando deudas que tiene con Hacienda e ir preparando la sucesion de la Sociedad, propone al trabajador que lleva 15 años en la empresa , entrar como socio al 34 % y con poder de gerencia y control para asi cotizar en autonomos.
Propuesta de la empresa:Que el trabajador firme baja voluntaria y entre como socio. Se le pondra la base mínima y mantiene su salario liquido como cuando era trabajador. Si bien no quiere pagar Indemnizacion por poner fin a la relacion laboral, si que dejará constancia en escituras que la empresa "debe " x dinero el cual se descontará en caso de qe el trabajador adquiera mas participaciones cuando el administrador se jubile.
Propuesta del trabajador:Ya que no se le asegura que esto llegue a buen fin y no tendria desempleo si sale mal, viendo que su base de cotizacion se verá fuertemente disminuida, quiere cobrar indemnizacion al poner fin a su relacion como trabajador y asi tener alguna respaldo.

Ante esta situacion enfrentada , no se como "resolver" de una forma mas menos justa.

LA empresa me ha reconocido que si no acepta el trabajdor entrar como socio, tendra que hacer un ERE.
El trabajador si bien quiere mantener su actividad no quiere perder todos los derechos como trabajador y si le meter en un ERE lo denunciará ya que conoce la contabilidad B de la empresa...

Como veis empiezo bien la semana....
Agradecería conocer cómo plantearias una solución lo mas lógica y legal posible....
Muchas gracias compañeros.

 

FERNANDO

Miembro conocido
El tema no es sencillo; por un lado, cno el 34%, se presupone que el trabajador tiene el control efectivo de la sociedad pero, después, si lees sentencias, las mismas dicen que si un trabajador es socio de una entidad mercantil, y no llega al 50% del accionariado, se entiende que existe ajenidad. ¿Cómo se come que, por un lado, se presuponga la falta de ajenidad si tienes el 25% de las acciones pero, sin embargo, después, has de llegar al 50% para que no haya relación laboral;: un contrasentido, como ves.

En todo caso cuidado, porque con el 34% no veo yo que se rompa la relación laboral y, si el trabajador demanda, conseguirá la misma, por mucho que te acepten el encuadramiento.
 

TER

Miembro
Vaya lio.... sí la verdad que es un caso complicado......
Buscaré sentencias sobre ello...y seguiré dandole vueltas al asunto....
Muchas gracias Fernando.
 
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