pasar erte a media jornada GALICIA

MONI

Miembro
Seguro que ya está en el foro pero no lo encuentro.
Empresa de hostelería, tiene erte limitación a jornada completa. Ahora que nos abren un poquito quiere seguir con el erte pero a media jornada.
Comunico a xunta y envío los períodos de actividad al sepe con la media jornada o tengo que hacer algo más, uno nuevo...

Graciñas
 

Iker

Miembro
Hola Sara,

Entiendo que has transitado de un ERTE de impedimento a uno de limitación. De impedimento hasta el 25 de febrero y, a partir del 26 de febrero, a uno de limitaciones al dejar abrir la hostelería, aunque con restricciones, desde esa fecha. Este procedimiento lo has tenido que comunicar a la A.L. mediante el TR820V. También habrás anexado una memoria justificativa del cambio de impedimento a limitaciones, con ERTE total para este último. ¿Es así?

El resto de procedimientos es el ordinario. A la A.L. no es necesario comunicar las desafectaciones totales o parciales. Sólo las nuevas afectaciones mediante el ANEXO II (se habían liado un poco, pero ya lo han aclarado).  Si quieres, por seguridad, anexa las comunicaciones a los trabajadores mediante "mellora voluntaria". Tienes que dar de baja el procedimiento ERE que tenías informado, por el ERTE total, y dar de alta el nuevo procedimiento ERE con el calendario de horas, al tratarse de un ERTE parcial (todo ello previamente). Luego, a mes vencido, comunicas los periodos de actividad al sepe para el pago de la prestación.

Acuérdate de cambiar las claves en TGSS de los trabajadores afectados.

Salvo mejor opinión, sería todo.

Saludos
 

APL

Miembro
Este hilo me viene al pelo, estoy en la misma situación que la consulta hecha por Sara y he procedido respecto de la web de la XUNTA tal y como bien indicas Iker
El apartado "mellora voluntaria" solo está en el TR820C y no en el TR820V que fue al que 1º contaba acudir. Yo contaba hacer lo mismo, anexar la comunicación al trabajador conforme en fecha 19/03 se reincopora parcialmente a 1/2 jornada según ligera apertura regulada en la Orde de fecha 17/03 da Consellería

... y luego adecuar la clave a nivel de trabajador en la TGSS que pasaría de la actual H4 a H7 dentro de la 75 a nivel de CCC así como adecuar las comunicaciones al SEPE.
En este último apartado es donde estoy algo confuso. Iker dice "Tienes que dar de baja el procedimiento ERE que tenías informado, por el ERTE total, y dar de alta el nuevo procedimiento ERE con el calendario de horas, al tratarse de un ERTE parcial (todo ello previamente). Luego, a mes vencido, comunicas los periodos de actividad al sepe para el pago de la prestación."

Yo aquí contaba comunicar el Calendario de horas con caracter PREVIO (es decir mañana mismo) y a primeros de abril comunicar los periodos de actividad de marzo (01 a 18) por los días previos del pase de suspension a reducción

Es a lo que te referías ¿?

Muchas gracias por la info y aclaraciones !
 

Ferinho

Miembro activo
Iker dijo:
También habrás anexado una memoria justificativa del cambio de impedimento a limitaciones, con ERTE total para este último. ¿Es así?

Coincido con Iker en todo lo expuesto, salvo que no creo que sea necesaria una memoria explicativa del cambio. Según me han comentado en la AL simplemente con indicar la normativa que permite el paso de impedimento a limitación y adjuntar las comunicaciones a los trabajadoras ya sería suficiente.


APL dijo:
Yo aquí contaba comunicar el Calendario de horas con caracter PREVIO (es decir mañana mismo) y a primeros de abril comunicar los periodos de actividad de marzo (01 a 18) por los días previos del pase de suspension a reducción

Sí es así como tienes que proceder. Calendarios siempre con carácter previo. Periodos de actividad a mes vencido (antes del 20) tanto de las jornadas suspendidas como de las jornadas reducidas.
 
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