pasos a seguir para dar de alta a trabajador autonomo

Menchi

Nuevo miembro
Hola,

Es la primera vez que voy a tramitar el alta de un trabajador autónomo que tiene 57 años, y no se si debo ir a la TGSS  o hay que tramitarla por internet.

Como nunca ha estado de alta de autónomo, al menos en los últimos cinco años, aunque tenga 57 años, puede acceder al cupón reducido de 50 € seis primeros meses.....

Gracias por vuestras respuestas!!
 

Ro

Miembro activo
Actualmente en la Tgss ya no permiten cursar las altas de autónomos en papel. Lo mejor sería que solicitase el certificado digital y haces el alta por sede electrónica. O si te permiten en tu administración enviar la autorización de nafss firmada en papel por mail y luego cursas el alta de autónomo por red online.
 

isabarros

Miembro
(Lo primero de todo cuando una persona quiere darse de alta como autónomo y emprender una actividad por su cuenta es el ALTA EN HACIENDA -Declaración censal (modelos 036 o 037)
En mi caso, yo aquí hago todo lo de los autónomos.... (somos asesoría peque), así que aunque no es foro de fiscal... te lo comento por si acaso.

Una vez ya se ha dado de alta en hacienda... toca la seguridad social

PASO 1 - AUTORIZAR A ESE AUTÓNOMO A TU SISTEMA RED

MODELO FR 103 http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/146226.pdf

Lo rellenamos, se imprime, lo firma el autónomo y el autorizado  y se envía por Fax  junto con COPIA DE DNI a la tesorería que te toque.

Tras esto, en dicha tesorería te lo asignarán a tu sistema red.

PASO 2 - DARLO DE ALTA EN EL RETA

A través del sistema red... imagino que eso si sabrás hacerlo...

Sistema red --> http://www.seg-social.es/Internet_1/HERRAMIENTASWEB/AvisoSILCON/index.htm





 

Menchi

Nuevo miembro
Buenos días, ya he solicitado su certificado digital y ya está instalado.

Si ya tengo claro que lo primero es el alta con 036 a hacienda, y lo que me dijeron en SS es que, desde mi autorizado envía una solicitud de asignación de NAFs, y una vez el futuro autónomo confirme mi solicitud, podré tramitar el alta en RETA.

Entiendo que si hago esto ya no necesito el modelo de autorización FR 103,no??

Muchas gracias!
 
Arriba