Y a ver si os ha pasado la duda que tengo.... Si el trabajador es padre en junio, y pide las 10 semanas voluntarias después del verano, que precisamente el empresario se plantea jubilarse, ¿Qué pasa con esas semanas? Supongo que las podrá disfrutar igualmente tanto si trabaja en otra empresa cómo si está desempleado, ¿no? Se trata de un derecho personal... Nunca he tenido el caso. Y, en el caso de que no se jubilara el empresario, si el trabajador padre hace varios fraccionamientos de las 10 semanas voluntarias, al trabajador sustituto del de paternidad lo tendrá que ir dando de alta y baja durante los periodos de permiso fraccionado, supongo. Y si quiere mantenerlo de alta mientras el otro fracciona el permiso ¿Cómo justificar los contratos temporales? ¿Para que no se me vaya a otro lado a trabajar, que sería el caso...? Espero que no supere los 90 días para no tener que justificar (que no se me ocurre nada... ) Me acribillan a preguntas y sólo sé que no se nada.