Paternidad

ana98va

Miembro
Buenas tardes,

Tengo una duda con respecto a paternidad. Un hombre fue padre el 3 de mayo, quiere solicitar la paternidad esta semana. Le pagarían con efectos del 3 de mayo o desde mañana por ejemplo?
 

Wastual

Miembro activo
Tiene noventa días naturales para solicitar la prestación y que le sea concedida con efectos retroactivos desde la fecha de nacimiento (en el caso que comentas, desde el 03/05). Art. 53.1 LGSS.

Edito: he pisado a @MarLo. Pero, viendo la posterior respuesta del compañero que ha iniciado el hilo:
Por lo tanto la paternidad tengo que solicitarla desde el 3 de mayo, aunque el en ese tiempo haya estado facturando con su empresa?

Ya se habló del tema aquí: lo imprescindible es que el progenitor haya cesado de manera efectiva su actividad desde la fecha en la que nace el subsidio, ya que de lo contrario pueden derivarse reclamaciones por incompatibilidad. Sin embargo, a pesar de esto, la empresa seguir operando con total normalidad: en la correspondiente Declaración de Actividad que se debe adjuntar a la solicitud de NyCM en el INSS se indicará quién será el "encargado sustituto al frente de la gestión" de la actividad diaria.
 

MarLo

Miembro conocido
Por lo tanto la paternidad tengo que solicitarla desde el 3 de mayo, aunque el en ese tiempo haya estado facturando con su empresa?
así es. si hay alguien al frente no hay problema (empleado, otro socio...), si no lo hay, en la medida de lo posible que deje la actividad cuanto antes... entendiendo que puede haber ingresos de trabajos pendientes de cobrar
 

isabarros

Miembro
Buenos días!
De acuerdo en todo lo de este hilo, en cuanto el niñ@ nace, el autónomo debe cesar la actividad para poder solicitar y cobrar la prestación por paternidad, ese es el requisito indispensable pero lo que comentaba en otro hijo, a ver si alguien más puede comentar qué es lo que hacen en su oficina.
Mi duda: al pedirle al autónomo con su propio certificado digital la prestación de paternidad en su seguridad social, no solicitan adjuntar nada, solo dar información del tramo que solicitan la paternidad, pero... ¿vosotros adjuntais igualmente la Declaración de actividad?
En mi asesoría mis compañeros no lo han hecho con las últimas paternidades solicitadas ya que de esta forma no solicitan adjuntar nada y nunca se nos ha solicitado.... gracias de antemano por vuestras opiniones!!
 

Naialaboral

Miembro activo
Buenos días!
De acuerdo en todo lo de este hilo, en cuanto el niñ@ nace, el autónomo debe cesar la actividad para poder solicitar y cobrar la prestación por paternidad, ese es el requisito indispensable pero lo que comentaba en otro hijo, a ver si alguien más puede comentar qué es lo que hacen en su oficina.
Mi duda: al pedirle al autónomo con su propio certificado digital la prestación de paternidad en su seguridad social, no solicitan adjuntar nada, solo dar información del tramo que solicitan la paternidad, pero... ¿vosotros adjuntais igualmente la Declaración de actividad?
En mi asesoría mis compañeros no lo han hecho con las últimas paternidades solicitadas ya que de esta forma no solicitan adjuntar nada y nunca se nos ha solicitado.... gracias de antemano por vuestras opiniones!!
Yo no lo envío, al hacerlo con su certificado digital no lo solicitan
 
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