PENDIENTE RESOLUCIÓN

Clo

Nuevo miembro
Extranjero con permiso de trabajo que caducó en dic'12.
En nov'12 (antes de q le caducara el permiso), solicita tarjeta de residente comunitario por estar casado con una española.
Todavía no tiene resolución.
Yo tenía entendido que los residentes comunitarios podían trabajar sólo con la solicitud...
¿Pensáis que este chico puede trabajar???
 

Mr. White

Miembro activo
Si le caducaba el permiso de trabajo en diciembre, puede trabajar, aun caducada, hasta 3 meses después (pues se puede renovar 60 días antes de que venza - sin multa - y 3 meses después - pero con multa).

Eso por un lado...

Respecto a comunitarios, el resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud es suficiente para acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.

Para trabajar: art. 12.2 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero: "La solicitud y tramitación del certificado de registro o de las tarjetas de residencia no supondrá obstáculo alguno a la permanencia provisional de los interesados en España, ni al desarrollo de sus actividades".

Por tanto, puede trabajar.

 
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