Buenas tardes,
Me llego el otro día un cliente con al despacho con un tema un poco peculiar, lo explico a ver si me opináis igual que yo:
El cliente vivía con su madre la cual falleció en noviembre, el se dedicaba a cuidarla. La madre cobraba pensión de viudedad. Además mí cliente tiene reconocida una discapacidad de un 38% desde hace año y medio.
Me cuenta que su padre murió a los 55 años, hace unos 36 años de una enfermedad común. El padre murió estando en situación de alta.
Mí pregunta es si ustedes creéis que puede ser beneficiario de alguna prestación de la seguridad social por dedicación a cuidado de persona. El padre no llego a pedir ninguna pensión o subsidio ya que no le dio tiempo al morir.
Yo como lo veo no creo que tenga derecho a nada.
Pero ustedes que creéis?
Un saludo y Feliz año.
Me llego el otro día un cliente con al despacho con un tema un poco peculiar, lo explico a ver si me opináis igual que yo:
El cliente vivía con su madre la cual falleció en noviembre, el se dedicaba a cuidarla. La madre cobraba pensión de viudedad. Además mí cliente tiene reconocida una discapacidad de un 38% desde hace año y medio.
Me cuenta que su padre murió a los 55 años, hace unos 36 años de una enfermedad común. El padre murió estando en situación de alta.
Mí pregunta es si ustedes creéis que puede ser beneficiario de alguna prestación de la seguridad social por dedicación a cuidado de persona. El padre no llego a pedir ninguna pensión o subsidio ya que no le dio tiempo al morir.
Yo como lo veo no creo que tenga derecho a nada.
Pero ustedes que creéis?
Un saludo y Feliz año.