No estoy completamente de acuerdo.
Cursos, charlas y conferencias esporádicas pueden ir en rendimientos del trabajo (clave F 02) mediante recibos con retención de IRPF al tipo fijo, no hay IVA ni hay que darse de alta en Hacienda o SS. No hay habitualidad ni la frontera del SMI.
Para considerarlo como actividad económica deben darse otras premisas distintas, esto es: las acciones formativas se calificarán como rendimientos de actividades económicas si suponen
la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
La ordenación por cuenta propia de recursos humanos es fácil de entender: colaboración de otras personas en la impartición de la formación.
La ordenación de medios de producción en materia de formación normalmente se considera que existe si el formador diseña la acción (contenidos, cronograma,
), si elabora los materiales didácticos, si imparte las clases en un local propio,