PERDIDA DE LA LICENCIA DE ACTIVIDAD

anuskillas

Miembro conocido
Tengo un duda en relación a la licencia de actividad. En el caso de que una sociedad en la cual se han jubilado los 2 socios a 31 de diciembre 2021 y que no tenían personal asalariado, pueden dar de alta de nuevo la actividad y contratar durante el 2022 un trabajador para realizar temporalmente unos trabajos que le han encargado???. Ellos no van a realizar ningún tipo de trabajo. La sociedad está de momento de baja por actividad pero no disuelta ya que quedan pendientes facturas por cobrar. Entiendo que el hecho de dar de baja la actividad el 31/12/2021 no afecta a la licencia de actividad, que está seguirá en vigor hasta la disolución de la empresa o se mantendrá en vigor si se realiza la venta de la misma.
 

Sergei

Miembro conocido
La licencia de actividad no va ligada a la actividad o inactividad de la empresa, va ligada a las condiciones del establecimiento. Si el establecimiento reune las condiciones y pasa las revisiones pertinentes no se pierde la licencia hasta donde yo sé.
 
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