periodo de prueba no superado en IT

SOFIA

Nuevo miembro
SE TRATA DE UN EMPLEADA CON CONTRATO INDEFINIDO (DE APOYO AL EMPRENDEDOR) CON UN AÑO DE PRUEBA.

LUEGO DE 6 MESES DE CONTRATO SE HA DADO DE BAJA POR PROBLEMAS EN UNA MANO Y PARECE QUE LUEGO DE UN MES TIENEN QUE OPERARLE.

LA EMPRESA NO PUEDE HACER FRENTE AL GASTO QUE IMPLICA MANTENERLE DE ALTA Y QUIERE TERMINAR SU CONTRATO POR PERIODO DE PRUEBA NO SUPERADO. YA NO LA QUIERE TENER MAS EN LA EMPRESA (NI AHORA NI NUNCA)

ME GUSTARIA SABER SI DARLE DE BAJA POR PERIODO DE PRUEBA NO SUPERADO PUEDE TRAERLE ALGUN TIPO DE PROBLEMA A LA EMPRESA.

EN EL CONTRATO NO SE HA ESPECIFICADO NINGUNA CLAUSULA ESPECIAL, SE HA FIRMADO SIN ESPECIFICAR NADA ESPECIAL, SÓLO QUE EL PERÍODO DE PRUEBA ERA DE UN AÑO.

ESPERO VUESTROS CONSEJOS.
 

jaumepasto

Miembro
ufff, vaya temita.
entiendo yo, se puede dar de baja, esta dentro del año
se ha de tener en cuenta si pusiste la clausula de interrupcion del pp en caso de it
si lo hiciste, te puede reclamar ya que el pp esta suspendido.
si no pusiste la clausula, entiendo que tras 6 meses si reclama podria alegar motivos ajenos a su pericia laboral,
ojo que el periodo de prueba de 1 año en los tribunales podria quedar malparado,

mi aportación para abrir boca,
saludos
 

carloslugo

Miembro activo
La baja por no superar el periodo de prueba podría darse pero la trabajadora siempre podría accionar por despido nulo o improcedente alegando que la verdadera causa de esa baja es que la trabajadora está en IT .. y claro el juez , entiendo que podría darle la razón . No se que dice la jurisprudencia en casos similares que imagino que lo habrá ... haber que nos dicen los compañeros...
un saludo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
jaumepasto dijo:
ufff, vaya temita.
entiendo yo, se puede dar de baja, esta dentro del año
se ha de tener en cuenta si pusiste la clausula de interrupcion del pp en caso de it
si lo hiciste, te puede reclamar ya que el pp esta suspendido.
si no pusiste la clausula, entiendo que tras 6 meses si reclama podria alegar motivos ajenos a su pericia laboral,
ojo que el periodo de prueba de 1 año en los tribunales podria quedar malparado,

mi aportación para abrir boca,
saludos

Sólo un inciso,  ya que, al margen de otras cuestiones,  veo que se le está dando una trascendencia a la posibilidad de haber pactado que la situación de IT suspenda el período de prueba que no tiene.
En caso de haberse pactado expresamente tal suspensión,  hay que tener en cuenta que lo que suspende es el cómputo, no los efectos del período de prueba.  Aún habiéndose pactado, nada impede hacer valer el período de prueba para extinguir unilateralmente el contrato,  aún estando el trabajador de it,  al menos,  no será ese hecho,  en simismo,  ningún impedimento.
Saludos
 
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