PERIODO DE PRUEBA

TOÑITA

Miembro activo
Un cliente nos pide que en los contratos pongamos 2 meses de período de prueba. En el convenio de construcción según la categoría hacen constar períodos de prueba más pequeños. Como lo veis?
 

fundación

Miembro conocido
El principio de conservación del negocio jurídico implica que, ante la ineficacia de una cláusula sobre el período de prueba, se debe salvaguardar la voluntad negociadora de las partes, por lo que la validez del período de prueba se limita a los límites legales o convencionales, y el despido durante el periodo de prueba fuera de estos límites es nulo o improcedente.
 

fundación

Miembro conocido
 

IVO

Miembro conocido
Si el convenio marca menos de los 2 meses que quiere el cliente prevalece el convenio y en caso de que aun asi quiera poner los 2 meses, en caso de invocar el periodo de prueba en el periodo que excede lo que marca el convenio sera declarado improcedente o nulo en funcion de las circunstancias.
 

PEDRO

Miembro conocido
Me acabo de dar cuenta ahora que me ha llamado el cliente para cesar a una trabajadora en periodo de prueba, que en contrato he indicado UN MES, mientras que el convenio indica 30 DIAS. E
Entiendo que no habrá problemas ¿o es nula la clausula?
Gracias
 

Naialaboral

Miembro conocido
Me acabo de dar cuenta ahora que me ha llamado el cliente para cesar a una trabajadora en periodo de prueba, que en contrato he indicado UN MES, mientras que el convenio indica 30 DIAS. E
Entiendo que no habrá problemas ¿o es nula la clausula?
Gracias
Si el cliente te ha llamado para cesar a la trabajadora y aún no han pasado 30 días naturales desde el alta, no hay ningún problema. Cursa la baja por "no superación del periodo de prueba" con total tranquilidad, a mi parecer que ponga un mes no sería problema, a no ser que por ejemplo entro en 30 de noviembre y le das de baja el 31 de diciembre...
 

PEDRO

Miembro conocido
Si el cliente te ha llamado para cesar a la trabajadora y aún no han pasado 30 días naturales desde el alta, no hay ningún problema. Cursa la baja por "no superación del periodo de prueba" con total tranquilidad, a mi parecer que ponga un mes no sería problema, a no ser que por ejemplo entro en 30 de noviembre y le das de baja el 31 de diciembre...
No, no se me ha pasado el plazo, causó alta el 28 de noviembre y el cese es mañana 27-12-2025, por lo tanto dentro del MES y de lo que serían los 30 DIAS NATURALES del convenio.
Uff que siempre igual, las prisas nunca son buenas, mira que preparo contratos de este sector, pero esta vez de me fue la mano y me colé.
Gracias
 
  • Me gusta
Reacciones: IVO
Arriba