PERIODO LACTANCIA DIAS 2024

MCS

Miembro activo
Hola buenas!,
tengo una trabajadora que se da de alta de una baja por maternidad el día 17 de junio, y me comenta que quiere cogerse el periodo de lactancia (dias completos) hasta que cumpla los nueve meses el bebé. El convenio colectivo dice "En caso de acumular la jornada, el resultado de días acumulados se obtendrá de sumar una hora por cada día efectivo de trabajo, excluyendo días inhábiles, y dividiendo el número de horas obtenidas, por la jornada real de la persona trabajadora".
Pero ese convenio tuvo vigencia hasta 2022.
¿Sabéis si en 2024 hay algún mínimo o han cambiado la forma de calcularlo?
Gracias a todos!!!
 

MCS

Miembro activo
Entonces si el convenio dice que son 15 dias naturales, no habría problema supongo ¿no?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Entonces si el convenio dice que son 15 dias naturales, no habría problema supongo ¿no?
Si respeta (no empeora) lo que supondría la equivalencia real de las horas disfrutadas día a día en jornadas completas, OK, pero es algo que puede implicar verificar caso a caso
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Por ejemplo, ¿ese convenio contempla alguna particularidad para el caso de parto múltiple? (porque si no es así, esos 15 días, además naturales, temo que quedarán muy cortos.
 

MCS

Miembro activo
Si respeta (no empeora) lo que supondría la equivalencia real de las horas disfrutadas día a día en jornadas completas, OK, pero es algo que puede implicar verificar caso a caso
En el caso de otro convenio de otra chica que también quiere las jornadas acumuladas dice "os trabajadores y trabajadoras por su voluntad, tendrán el derecho a sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas de 15 días naturales, a disfrutar de forma ininterrumpida a continuación del alta por maternidad." también de 2022.
Pero si hago los calculos manuales (teniendo en cuenta las horas, que son de 136/ el numero de la jornada diaria que es 6,66, me salen 20 dias laborables.
Cambia mucho la verdad...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues si haciendo las cuentas te sale más... vaya, habrá que esperar pero creo que la interpretación va ser la de garantizar la equivalencia la de la hora diaria (si se disfrutara en la modalidad base, dia a dia) en jornadas completas.
Y te pongo otro ejemplo en el que esos 15 días naturales a piñón se pueden quedar cortos, en casos de jornadas a tiempo parcial... por ejemplo jornadas de 4 horas, ahí saldrán muchos más dias (porque el permiso diario es de una hora, tengas una jornada diaria de 8, 9 o 4 horas)
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues si haciendo las cuentas te sale más... vaya, habrá que esperar pero creo que la interpretación va ser la de garantizar la equivalencia la de la hora diaria (si se disfrutara en la modalidad base, dia a dia) en jornadas completas.
Y te pongo otro ejemplo en el que esos 15 días naturales a piñón se pueden quedar cortos, en casos de jornadas a tiempo parcial... por ejemplo jornadas de 4 horas, ahí saldrán muchos más dias (porque el permiso diario es de una hora, tengas una jornada diaria de 8, 9 o 4 horas)
De hecho, en su momento, con la norma anterior que le tumbaron en el Congreso los de Podemos, la notica de titular de la Yoli, de que le permiso iba a ser de "hasta 28 días" (y en pequeñito lo de "hasta" y bien resaltado lo de "28 días") parece que era contando para el caso de un parto doble, las dos horas diarias que realmente se cumularían durante el teórico periodo de referencia.

Eso sí, hay que contar con una previsión rigurosa de jornadas hábiles efectivamente trabajadas si se disfrutara el permiso día a dia (por tanto, descontando las que dentro de ese periodo puedan corresponde al permiso por nacimiento de hijo, vacaciones... y otras ausencias previstas, y con la no previstas pero que se acaben dando, vamos a ver qué pasa).
 

GOVanessa

Nuevo miembro
Ojo! no hay cambio en el cálculo, es decir que el permiso hay que contralo desde que acaba el permiso i cuando acaba el permiso tiene 4 meses la criatura.. y hay que hacer el calculo hasta que cumpla los 9 meses. Si quiere alargarlo hasta que el bebe tenga 12 meses no puede ser acumulado y debe comunicarlo antes de los 9 meses
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ojo! no hay cambio en el cálculo, es decir que el permiso hay que contralo desde que acaba el permiso i cuando acaba el permiso tiene 4 meses la criatura.. y hay que hacer el calculo hasta que cumpla los 9 meses. Si quiere alargarlo hasta que el bebe tenga 12 meses no puede ser acumulado y debe comunicarlo antes de los 9 meses
El permiso (por nacimiento y cuidado del menor) puede acabarlo teniendo ya un año la criatura (no necesariamente 4 meses, que, en todo caso, serán 16 semanas, si se disfruta todo del tirón, que no es la única opción).
Pero ya lo comentamos, el cálculo del pemiso de lactancia acumulado en jornadas completas no ha cambiado (o no necesariamente, pero luego comentamos el matiz o posibilidad), la novedad es que ya no depende de que esté previsto por el convenio o la empresa se preste a acordarlo (y pautas) vía política interna o acuerdo individual. Si se solicita esta opción de disfrute hay que concederla.
A nivel de cálculo, y como comentaba en mi respuesta anterior, habrá que esperar a confirmar qué interpretación se hace, pero probablemente sea la de garantizar, al menos, la equivalencia real con su disfrute día a día (y si un convenio, política de empresa o acuerdo contemplan algo mejor, ningún problema, claro).
Y para ello (para verificar que se respeta, como mínimo, esa equivalencia) habrá que considerar la previsión de jornadas efectivamente trabajadas, de disfrutarse dia a dia, dentro del periodo de referencia (hasta los 9 meses), considerando calendario laboral, días de ausencia previstos, jornada teórica -el resultado en número de dias no seráel mismo trabajando 8 horas diarias que 4), si es parto múltiple...
 
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