Hola,
me estoy volviendo loca con los periodos de actividad de julio y los DAE. He intentado contactar con el SEPE por teléfono,mail, buzón de consultas y (que novedad) nadie responde. A ver si alguien puede ayudarme. Estoy calculando los DAE para los trabajadores de una empresa y me salen 14 días de actividad. Siguiendo las indicaciones de la guía publicada por el SEPE esos días hay que indicarlos al final del mes, y si tenemos en cuenta 14 días laborables el periodo de actividad iría del 14 al 31 de julio. Mi problema es cómo distribuir estos días por periodos ¿hay que señalar los días de descanso semanal tanto en el periodo de inactividad como en el de actividad?.
Es la primera vez que mando periodods de actividad. Había pensado en las siguientes opciones:
- del 1 al 13 de julio: código 1 (días no trabajados, cobro de la prestación)
- del 14 al 31 de julio: código 3 (días trabajados, excluidos del cobro de la prestación)
O bien:
- del 1 al 3 de julio: código 1 (días no trabajados, cobro de la prestación)
- del 4 al 5 de julio: código 5 (descando semanal)
- del 6 al al 10 de julio: código 1 (días no trabajados, cobro de la prestación)
- del 11 al 12 de julio: código 5 (descanso semanal)
- del 13 al 13 de julio: código 1 (días no trabajados, cobro de la prestación)
- del 14 al 17 de julio: días trabajados en el mes, código 3
- del 18 al 19 de julio: descanso semanal, código 5
- del 20 al 24 de julio: días trabajados en el mes, código 3
- del 25 al 26 de julio: descanso semanal, código 5
- del 27 al 31 de julio: días trabajados en el mes, código 3
Mi duda es que si el trabajador va a cobrar por los días de descanso semanal o si se le descuentan de la prestación (al generar el XML con el excell que tienen en la página del SEPE los días de descanso semanal aparecen como trabajados (código 3) así que no se si los cobrarán).
me estoy volviendo loca con los periodos de actividad de julio y los DAE. He intentado contactar con el SEPE por teléfono,mail, buzón de consultas y (que novedad) nadie responde. A ver si alguien puede ayudarme. Estoy calculando los DAE para los trabajadores de una empresa y me salen 14 días de actividad. Siguiendo las indicaciones de la guía publicada por el SEPE esos días hay que indicarlos al final del mes, y si tenemos en cuenta 14 días laborables el periodo de actividad iría del 14 al 31 de julio. Mi problema es cómo distribuir estos días por periodos ¿hay que señalar los días de descanso semanal tanto en el periodo de inactividad como en el de actividad?.
Es la primera vez que mando periodods de actividad. Había pensado en las siguientes opciones:
- del 1 al 13 de julio: código 1 (días no trabajados, cobro de la prestación)
- del 14 al 31 de julio: código 3 (días trabajados, excluidos del cobro de la prestación)
O bien:
- del 1 al 3 de julio: código 1 (días no trabajados, cobro de la prestación)
- del 4 al 5 de julio: código 5 (descando semanal)
- del 6 al al 10 de julio: código 1 (días no trabajados, cobro de la prestación)
- del 11 al 12 de julio: código 5 (descanso semanal)
- del 13 al 13 de julio: código 1 (días no trabajados, cobro de la prestación)
- del 14 al 17 de julio: días trabajados en el mes, código 3
- del 18 al 19 de julio: descanso semanal, código 5
- del 20 al 24 de julio: días trabajados en el mes, código 3
- del 25 al 26 de julio: descanso semanal, código 5
- del 27 al 31 de julio: días trabajados en el mes, código 3
Mi duda es que si el trabajador va a cobrar por los días de descanso semanal o si se le descuentan de la prestación (al generar el XML con el excell que tienen en la página del SEPE los días de descanso semanal aparecen como trabajados (código 3) así que no se si los cobrarán).