Prescripciones de reposo y tiempo estimado sí que he visto. Otra cosa es que no incidan (tampoco lo hace la norma) en que se trate de un reposo que requiera de asistencia de otras personas para necesidades básicas (como digo, no lo hace la norma pero es de puro sentido común; tratándose de un permiso de naturaleza finalista, ha de implicar que se precise de esa asistencia. Por ej. pueden darme de alta hospitalaria o practicarme una pequeña intervención ambulatoria y decirme que "descanse" durante un par de días, esto es, no ir a trabajar ni realizar ciertas actividades físicas, pero poder valerme perfectamente por mi mismo. Entiendo que es un problema de base, de la redacción de la propia norma, que hace referencia simplemente a "reposo" y punto, y los facultativos, a lo sumo, se complican con lo de la prescripción de resposo, pero sin más detalles).
Es cuestión de que el trabajador que quiera o haya disfrutado de ese permiso pida este tipo de justificantes (al menos que indique esa necesidad de reposo y tiempo estimado). Hace unos años, cuando esta situación (intervenciones quirúrgicas ambulatorias que precisen reposo) era una novedad como permiso, algunos podían no tenerlo claro, pero a estas alturas yo entiendo que deben tenerlo más normalizado y lo que te puedo confirmar es que este tipo de justiticantes se emiten (no sé con qué insistencia pueden tener que pedirlos algunos trabajadores, pero puedo decirte que los aportan).
Y respecto a la información que deben contenr estos justificantes, ya sean de prescripción de reposo tras intervención quirúrgica ambulatoria , hospitalización... lo dicho, no deben contener detalles concretos sobre la dolencia, intervención, tratamiento... en definitiva, información concreta sobre datos de salud, ni se necesita, simplemente una información genérica sobre el hecho causante puede ser más que suficiente, en el sentido de que el familiar ha estado hospitalizado de tal a tal fecha, o que en cierta fecha concreta estaba hospitalizado (basta saber que la hospitalización, por el motivo que sea, se da en la fecha o fechas concretas de disfrute del permiso) o que se le ha realizado una intervención quirúrgica ambulatoria que requiere de resposo (sin necesidad de indicar qué tipo de operación, por qué dolencia, tratamiento..., la simple referencia genérica a la intervención quirúrgica ambulatoria practicada y esa necesidad de reposo, indiciando, en principio, al menos, el tiempo estimado).
En ocasiones los trabajadores te envían o entregan informes detallados con datos de salud del familiar, y de forma inmediata les decimos que ese documento no es pertinente, que, como empresa, no debemos manejar ese tipo de información y que, en su lugar, soliciten y nos entreguen
un documento del tipo que he comentado (otra cosa es que, por no hacer volver al trabajador para realizar ese trámite, en ocasiones pasados ya unos días de la hospitalización, operación, etc., seamos flexibles y, sin recepcionar ese documento con información sensible y no pertinente, pero que justifica el permiso, tomemos nota de que el trabajador ha acreditado el hecho causante, pero que, por el tipo de documento aportado y otras circunstancias, no conservamos el mismo y consideramos como solventado el téma).