PERMISO HOSPITALIZACIÓN FAMILIAR

analaboral

Nuevo miembro
Buenos días,

¿El permiso por hospitalización se debe coger obligatoriamente de forma consecutiva? ¿Hay jurisprudencia que lo recoja?

Gracias
 

Ro

Miembro activo
RJ2009/3249 de la Sala de lo Social nº 1 del TS, de fecha 23-4-2009.
Sentencia nº 32/2010 de la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 1) de 26-3-2010.

http://basededatos.indicator.es/licencias_y_permisos/permiso_por_hospitalizacion__dudas_frecuentes/ESACLBAR_EU16140301/26/related
Licencias y permisos

Permiso por hospitalización: dudas frecuentes





Uno de sus trabajadores tiene a su madre ingresada en el hospital. ¿En qué momento deberá disfrutar del permiso retribuido? ¿Qué ocurre si la ingresan cada poco tiempo por el mismo motivo?

Derecho. En caso de hospitalización de un pariente de hasta segundo grado, sus empleados tienen derecho a un permiso retribuido de dos días, plazo que se amplía a cuatro días si necesitan desplazarse (a estos efectos, es necesario un desplazamiento de cierta entidad –por ejemplo, de 200 kilómetros por trayecto–, salvo que el convenio fije otra distancia). Apunte.  Vea algunos casos problemáticos relacionados con este permiso.

Momento del disfrute

Primera duda. La madre de su empleado permanece ingresada desde el pasado mes de julio. Y es ahora, tras disfrutar las vacaciones, cuando el afectado le pide el permiso por hospitalización. ¡Atención!  Pues bien, tenga en cuenta:
◦ El hecho causante del permiso es la hospitalización del familiar. Por tanto, su empleado podrá coger el permiso cuando quiera mientras dure la hospitalización .
◦Usted no puede exigir el disfrute en los primeros días de hospitalización. El fin del permiso es acompañar al familiar mientras dure el ingreso, por lo que se debe poder disfrutar mientras dure la hospitalización, a criterio del trabajador.

Pacto. Si las fechas solicitadas le perjudican (porque, por ejemplo, usted necesita atender un pedido urgente), exponga al afectado la situación e intenten pactar el disfrute en un período alternativo. ¡Atención!  En caso de que no se pongan de acuerdo, no podrá denegar el disfrute del permiso en los días solicitados por el afectado.

Varias hospitalizaciones

Segunda duda. Puede que la madre de su empleado haya sido hospitalizada con anterioridad por las mismas dolencias y que su empleado ya disfrutara en su día de los dos días de permiso. ¡Atención!  En ese supuesto, si ahora la vuelven a hospitalizar, el afectado tendrá derecho nuevamente al permiso:
◦Cada hospitalización (aunque sea por la misma enfermedad) supone un hecho causante diferente, por lo que da derecho a permisos sucesivos.
◦Eso sí: los dos días –o los cuatro en caso de desplazamiento– no pueden ampliarse, con independencia de lo que dure la hospitalización.
◦Su empleado puede disfrutar los dos días de forma consecutiva o alterna.

A tener en cuenta

Convenio. Revise si su convenio regula los permisos de forma más favorable para sus empleados. Apunte.  En este sentido, puede que prevea más días de permiso, o que dichos días se computen en días laborables (en lugar de naturales).

Justificación. En todo caso, su empleado deberá preavisarle (para que usted pueda organizarse en su ausencia) y deberá justificar que se ha producido la hospitalización. Para ello:
◦ Pídale un certificado del hospital. Apunte.  Si desconoce el parentesco con el familiar que aparece en el certificado, dígale que se lo justifique (por ejemplo, con el libro de familia).
◦ El certificado deberá incluir la fecha del ingreso y mencionar si el familiar continúa ingresado. ¡Atención!  Usted podrá denegar el permiso si ya le han dado el alta médica. Ahora bien, si el alta es hospitalaria pero el familiar requiere reposo domiciliario (de forma que todavía no tiene el alta médica), su empleado sí tendrá derecho a disfrutar del permiso.

El permiso retribuido se puede disfrutar cuando desee el trabajador mientras dure la hospitalización de su familiar. Si dicha hospitalización se repite en el tiempo, cada nuevo ingreso hospitalario dará derecho a un permiso diferente
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Estoy de acuerdo, en general, con el contenido del artículo (aunque seguro que alguna cuestión no es del todo pacífica).

En cualquier caso, aunque puede servir como referente, por lo de la flexibilidad en el momento de iniciar el disfrute (en el sentido de que no necesariamente debe coincidir con el inicio del hecho causante sino que puede ser a lo largo del proceso) y que, de forma general, parece adminten nuestos jueces y tribunales, el mismo no incide en la cuestión concreta que plantea el consultante, es decir, si deben ser dias necesariamente consecutivos o no. Y ahi temo que la cosa sea aún menos pacífica.
La verdad es que no tengo constancia de jusripruicendia sonbre este punto concreto (si alguien la tiene, que la aporte por favor),. Yo entiendo que sí y asi lo aplicamos en mi empresa, es decir, a en base a esa flexibilidad en el disfrtue a lo largo del proceso, parece que puede caber, y lo veo perfectamente lógico y acorde a la dinámica de este permiso y como se suelen organizar los familares, que pueda disfrutarse en dias no necesariamente consecutivos (mientras subsista el hecho causante).
Pero el caso es que son muchos los convenios que epxresamente indican que deben ser días consecutivos. Para mi es discutible, pero el caso es que asi lo han redactado algunos convenios y, por otro lado, tambien es verdad que los casos que recuerdol, de alguna manera contemplan mejoras en este permiso (duración) y admiten tambien la flexibilidad en el disfrute. Pero fijan tambien el disfrute en dias consecutivos.

En fin, por si acaso revisa el convenio aplicable por si contempla algo al respecto.

Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Nando_bcn dijo:
...
Yo entiendo que sí y asi lo aplicamos en mi empresa, es decir, a en base a esa flexibilidad en el disfrtue a lo largo del proceso, parece que puede caber, y lo veo perfectamente lógico y acorde a la dinámica de este permiso y como se suelen organizar los familares, que pueda disfrutarse en dias no necesariamente consecutivos (mientras subsista el hecho causante).

Es más, en nuestro caso, y si el empleado lo solicita (evidentemente, nunca como imposición de la empresa) se llega a disfrutar en fracciones de dias. Incluso en horas. De forma que al final sumen las dos o 4 jornadas, segun el, caso.

Saludos
 

analaboral

Nuevo miembro
Gracias de antemano.

El convenio es el de oficinas y despachos de Madrid y solo especifica el derecho de 3 días pero nada dice de la forma en que se pueden disfrutar, por lo que creo, al no tener jurisprudencia que lo sustente, que dependerá de la flexibilidad de la empresa.

El caso concreto es el de una trabajadora que solicita 1 dia por intervención de un familiar y dicha intervención no se realiza por problemas de salud, permaneciendo el familiar hospitalizado y posponen la operación para dos días después. La trabajadora al día siguiente va a trabajar y solicita de nuevo permiso por hospitalización para  el día siguiente. La empresa le concede el día como un favor, pero que realmente no le corresponde.
 

Mr. White

Miembro activo
La empresa creerá que le está haciendo un favor, pero no es verdad, la trabajadora tiene 3 días de permiso pues existe hospitalización (aunque no se realice la intervención el primer día el familiar está hospitalziado...) y va a disfrutar solo 2 días, así que de favor nada, todo lo contrario, es la trabajadora la que teniendo 3 día solo está usando 2.

 
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