Permiso paternidad

FERNANDO

Miembro conocido
Según la ley, cogerlo es obligado. Si un trabajador no quiere cogerlo, ni la empresa puede permitírselo que lo coja. Vamos, que el contrato se suspende obligatoriamente por mucho que las partes no quieran. Eso lo veo claro.
 

Eric Arthur Blair

Miembro activo
Entiendo que esto se aplica para el supuesto en el que "el otro progenitor" tiene un hije, y a los días es contratado por una empresa... en caso de que la persona trabajadora lo comunique a la empresa contratante ¿su primer día de contrato pasaría a percibir la prestación por nacimiento y cuidado del menor? (al menos hasta las 6 primeras semanas obligatorias desde el nacimiento). ¿Qué opinan?
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, una cosa es la suspensión del contrato de trabajo, que es inmediata y el no realizarlo significa una posible sanción para la empresa y, otra, la prestación, que la puedes coger, o no. Lógicamente.
 

DANI ML

Miembro conocido
A ver, una cosa es la suspensión del contrato de trabajo, que es inmediata y el no realizarlo significa una posible sanción para la empresa y, otra, la prestación, que la puedes coger, o no. Lógicamente.
Justamente. "Perdona, tú no puedes venir a trabajar, el contrato está suspendido" Otra cosa es que pidas la prestación o no.
Bueno, pues yo tuve un caso el año pasado. En septiembre 2020, la empresa no me lo dice, tampoco vi el aviso por Siltra... la empresa pacta con el trabajador que sigue trabajando, que ya lo cogeremos más adelante.... y encima, el trabajador estaba en Erte. De momento no ha pasado nada, en el IDC sigue sin peculiaridades de cotización. Creo que al no pedir la prestación, no lo trasladó al IDC. Eso sí, ya les dije que se olvidaran de cogerlo más adelante.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Al no enviar la empresa certificado de empresa, pues no se refleja en el IDC y puedes seguir trabajando.
 

CC2019

Miembro activo
Justo ésta semana he tenido el mismo caso: trabajador que no quería coger paternidad.

Le expliqué a la empresa que de no coger las 6 semanas obligatorias entiendo que podría tener problemas con la ITSS, y al final ha accedido.
 

Cachilipox

Miembro conocido
La norma legal dice que se suspende el contrato laboral (= pierdes el "permiso de trabajo" durante ese periodo). No establece una prohibición de trabajar por cuenta propia.
 
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