Por lo que tengo entendido, los permisos retribuidos por la empresa, en general empiezan a disfrutarse desde el mismo día del hecho causante. Creo recordar que existe excepción en referencia a los permisos de paternidad, que vinculándose a necesidad de ir a tramitar papeleo (inss, juzgados,...)se decía que los días tenían que ser hábiles.
Caso: el bebé nace el domingo 9
El permiso estándar sería domingo 9, lunes 10, martes 11, y el 12 empezaría a disfrutar pso. paternidad
De la otra manera: lunes 10, martes 11, (miércoles festivo), jueves 13, y empezaría a disfrutar pso el 14.
Teniendo en cuenta que la actividad es hostelería, y se trabajan domingos y festivos, ¿qué consideráis más correcto???
Saludos,
Caso: el bebé nace el domingo 9
El permiso estándar sería domingo 9, lunes 10, martes 11, y el 12 empezaría a disfrutar pso. paternidad
De la otra manera: lunes 10, martes 11, (miércoles festivo), jueves 13, y empezaría a disfrutar pso el 14.
Teniendo en cuenta que la actividad es hostelería, y se trabajan domingos y festivos, ¿qué consideráis más correcto???
Saludos,