Permiso por hospitalizacion de 5 días, reposo domiciliario.

saciornet

Nuevo miembro
Te corresponden 5 días siempre que una vez dado de alta de la intervención o ingreso, te pongan reposo domiciliario. Pero ¿es necesario que indiquen que necesitas cuidados en el domicilio? Entiendo que no según las ultimas sentencias.
¿Puede exigirte tu jefe que debe poner que necesitas cuidados por tu cónyuge en el domicilio?
https://noticiastrabajo.huffingtonp...onvivencia-ni-necesidad-cuidados-estos-casos/

https://cincodias.elpais.com/legal/...na-prueba-de-convivencia-con-el-paciente.html

https://prime.tirant.com/es/actuali...retribuido-por-hospitalizacion-de-familiares/

https://prime.tirant.com/es/actuali...o-laboral-de-cinco-dias-por-cuidado-familiar/
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Debería leer esa sentencia (que, en todo caso, es de un TSJ, puede ser un referente, pero, de momento, nada más) , pero parece que pone el foco en la necesidad de convivencia y de acreditar que se va a prestar atención directa o efectiva al familiar.

En todo caso, la norma no concreta más, pero si que está claro (y los tribunales lo han ido recordando en sus sentencias) que se trata de un permiso finalista, por tanto, debe existir una justificación. Y es cierto que un proceso de hospitalización, de recuperación (que puede suponer un reposo más allá del alta hospitalaria, si es que ha habido hospitalización, recordemos, por ejemplo, el supuesto de intervención quirúrgica ambulatoria pero que requiera respos domiciliaro) puede implicar más cosas que la atención directa al familiar, pero vaya, en todo caso, y como siempre digo, sin necesidad de facilitar información de detalle de salud (por ser de carácter sensible), lo que sí la empresa puede exigir es que se acredite el hecho causante, si es la hospitalización, pues la hospitalización, si es reposo, pues esa necesidad de reposo y sobre la base de que se trata de un reposo que precisa de asistencia para actividades básicas (más allá de que, efectivamente, no quepa exigir acreditar que el solicitante del permiso está prestando directamente esa atención) así como la previsión sobre el tiempo que se estima necesario ese reposo.
Es decir, acreditar la necesidad de reposo (y por el tiempo que se precisa), nada de datos concretos de salud, y, obviamente, nada de si hay convivencia o no (salvo, lógicamente, en el supuesto de efermedad grave, etc de convivientes y que deban prestar esa atención) ni justificate de lo que el solicitante ha estado haciendo en cada momento a lo largo del proceso de reposo; la justificación del reposo y que subsiste en el momento del disfrute del permiso debe ser suficiente.
Otra cosa es que lo que nos pueda parecer (si disponemos de esa información) que a la abuela de mi pareja de hecho que vive en Perú le hayan operado de cataratas y yo esté una semana completa de permiso y sin salir de España. Pero está así montado y es lo que hay (ya sabemos, habían elecciones a las pocas semanas, algunos veían el panorama bastante negro y había que captar votos como fuera y como hay más trabajadores por cuenta ajena -y entre estos hay de todo- que empresarios o autónomos...).
 

saciornet

Nuevo miembro
Debería leer esa sentencia (que, en todo caso, es de un TSJ, puede ser un referente, pero, de momento, nada más) , pero parece que pone el foco en la necesidad de convivencia y de acreditar que se va a prestar atención directa o efectiva al familiar.

En todo caso, la norma no concreta más, pero si que está claro (y los tribunales lo han ido recordando en sus sentencias) que se trata de un permiso finalista, por tanto, debe existir una justificación. Y es cierto que un proceso de hospitalización, de recuperación (que puede suponer un reposo más allá del alta hospitalaria, si es que ha habido hospitalización, recordemos, por ejemplo, el supuesto de intervención quirúrgica ambulatoria pero que requiera respos domiciliaro) puede implicar más cosas que la atención directa al familiar, pero vaya, en todo caso, y como siempre digo, sin necesidad de facilitar información de detalle de salud (por ser de carácter sensible), lo que sí la empresa puede exigir es que se acredite el hecho causante, si es la hospitalización, pues la hospitalización, si es reposo, pues esa necesidad de reposo y sobre la base de que se trata de un reposo que precisa de asistencia para actividades básicas (más allá de que, efectivamente, no quepa exigir acreditar que el solicitante del permiso está prestando directamente esa atención) así como la previsión sobre el tiempo que se estima necesario ese reposo.
Es decir, acreditar la necesidad de reposo (y por el tiempo que se precisa), nada de datos concretos de salud, y, obviamente, nada de si hay convivencia o no (salvo, lógicamente, en el supuesto de efermedad grave, etc de convivientes y que deban prestar esa atención) ni justificate de lo que el solicitante ha estado haciendo en cada momento a lo largo del proceso de reposo; la justificación del reposo y que subsiste en el momento del disfrute del permiso debe ser suficiente.
Otra cosa es que lo que nos pueda parecer (si disponemos de esa información) que a la abuela de mi pareja de hecho que vive en Perú le hayan operado de cataratas y yo esté una semana completa de permiso y sin salir de España. Pero está así montado y es lo que hay (ya sabemos, habían elecciones a las pocas semanas, algunos veían el panorama bastante negro y había que captar votos como fuera y como hay más trabajadores por cuenta ajena -y entre estos hay de todo- que empresarios o autónomos...).
El caso es que me intervinieron y quede hospitalizado un día, es decir, al día siguiente me dieron el alta. En el informe de alta puso la especialista, alta a domicilio con reposo domiciliario durante una semana. Mi mujer se cogió los 5 dias que le correspondían. Al incorporarse, le llevo el parte de alta (sin datos personales médicos) y el libro de familia. Le dijo la jefa (trabaja en la administración) que no ponía nada de que necesitaba cuidados en el domicilio por parte de su cónyuge con nombre tal y tal. Se los dio pero que no es así, que tiene que poner todo eso, sino solamente se podía coger el día de la operación e ingreo. Le comento lo de las sentencias y si respuesta es que a la administración le da lo mismo lo que diga la sentencia. Es lo que exigen y hay que hacerlo así.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Entiendo que la empresa puede exigir (repito, sin necesidad de entrar en detalles de salud) que se aporte justificante de la necesidad de reposo, por los días previstos y, obviamente, y aunque el literal de la norma no lo indica de forma expresa (pero por la naturaleza finalista de estos permisos ) siempre sobre la base de que se trata de un reposo que requiere de atención de otras personas para realizar actividades básicas (no el reposo que consistiría meramente en lo que aquí en Cataluña te dice el médico "durante x días haz un poco se bondad"
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Lo que no tiene porque exigirte es convivencia (salvo, como ya he dicho, en supuesto en el que se haya solicitado precisamente por tratarse de un conviviente y que precisa de su atención) ni que justifiques en qué medida has prestado atención a esa persona a lo largo del permiso.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Vamos, que debe poner reposo domiciliario con cuidados de otra persona
Sería lo suyo y, lo ideal, con el nº de dias o periodo de tiempo prescrito.
Otra cosa es que a muchos médicos les incomode hacerlo (sobre todo la estimación de días de reposo), pero en ese caso será un problema del trabajador con el médico del familiar, no con la empresa que, como digo, es lógico y totalmente legítimo que pida acreditación del hecho causante.
 
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