Vamos a ver, dejo el rigor técnico en materia de Derechi Civill/Matrimonial a vosotros, que sin duda estáis más puestos, pero, en definitiva, lo que pretrendo decir, más allá de maticesa o distinciones entre "convalidación", validez" "efectos civiles", etc , lo determinante es si ese "enlace" dónde sea, entre quien sea y por el rito que sea, puede considerarse como un "matrimonio" en España o no.
y asi, tengo claro que ejemplos como la boda oficiada por el "Elvis" de turno en Las Vegas o por el rito balinés, salvo que, para mi sorpresa, me acrediten el reconocimiento en España como matrimonio (y, siendo un tema que no es mi especialidad, entiendo que un referente será el que haya podido ser inscrito como tal en el Registro Civil en España) no corresponderá permiso.
El matrimonio entre rumanos y en el consulado rumanos, volviendo a insitir que no es mi especialidad el matrimonial y conozco aún menos las pecularidades y opciones rumanas, ya he reconocido de inicio quen me generaba dudas, pero porque no sé el alncance o sentido que el consiltante pretende dar a lo de que "no tenga validez en España". A mi, si dos trabajadores rumanos me dicen que se casan en el consulado de su pais y por la ceremonia que corresponda, a priori no me generará dudas el que pudan disfrutar del permiso. Ahora, si me advierten de que "no quieren que tenga validez en España" eso ya me generará cierta suspicacia, pero al final, repito, esteremos hablando o no de un"matrimonio" en España?
Y permitidme que insista en el ejemplo de un matrimonio celebrado entre dos personas del mismo sexo en el extranjero o en un consulado extranjero hace años, cuando aún no se podía considerar en España a tal unión como "matrimonio" ¿crééis que hubieran tenido derecho a permiso?
Veo que puede tener incidencia la nacionalidad de los contrayentes. En fin, en este mismo ejemplo y en la España de esa época, pensemos en un matrminio entre españoles o un español y extranjero celebrado en un país o en el consulado de un país en el que por aquel entonces fuera válido el matrimonio homosexual? ¿les correspondería el permiso en España?
O dos extranjeros trabajadores en España , no sé en qué paises podrían contemplar el matriomonio homosexual por aquel entonces (antes de que fuera legal en España) pero de un país que contemplase esa posibilidad, se casan en ese país (el suyo) o en el consulado de su país (repito, matrmonio homosexual) ¿creéis que hubieran tenido derecho al permiso por matrimonio en España??
Ya no hablo de que pueda quedar algún trámite formal pendiente (inscribirlo en el registro...) si no que tal enlace pueda llegar a ser considerado como matrmonio en España.