PERMISO POR NACIMIENTO DE NIETO??

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PepaPalma

Guest
A ver, nacimiento se asimila a hospitalización?? Esto es lo que dice el convenio. Entonces el abuelo tiene derecho a dos días??

e) Dos días naturales, por enfermedad o accidente grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
 
P

PepaPalma

Guest
Y que tu me llames pepa.....jajajajajaja un beso guapa.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, actualmente es así, pero desde un relativamente reciente (hará dos o tres años) cambio de rumbo de nuestro TS (que lleva unos años que está que se sale con una suecesión de "donde dije digo dije Diego).
Y es que la postura anterior era que, a pesar de que el parto tenga lugar en la inmensa mayoria de casos con la madre hospotalizada, eso no era una "hospitalización" en el sentido que cabía entenderla a efectos de generar derecho al permiso retribuido previsto por el art. 38 del ET, ya que consideraban que "traer un hijo al mundo no es una enfermedad".
Sólo en casos concretos como cesárea (por implicar una intervención quirúrgica y un periodo de ingreso más prolonogado) o complicaciones especiales podía admitirse. Pero en caso de parto natural normal, no, el permoiso solo era para el padre, pero por el propio hecho de tener un hijo, no por la hospitalización de la madre (en el caso de que ésta fuera su cónyuge).

Pero ahora no, ahora te pide el currito permiso de 4 días porque su cuñada ha tenido un hijo y a cierta distancia, y se lo has dar (porque claro, la presencia del cuñado junto a la mamá durante esos 4 días resulta del todo imprescindible).

De hecho, se te muere tu esposa, un hijo, tu padre, en tu misma localidad y tienes 2 días, pero si la cuñada pare a 200 km y sin problemas, tienes 4. Cosas de las leyes y de los criterios de nuestros tribunales.

Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
El cambio vino del constitucional, que encontró discriminación en no conceder dicho permiso.
 

Raquel GR

Miembro activo
jajaja, el cambio vino por...

da igual, tienen dercho, yo para mí viene por la ley de igualdad pero no lo voy a mirar...
 

fundación

Miembro conocido
Entiendo que os referís a la sentencia del TS de 23 de abril de 2009, por la que se reinterpretan los supuestos de hospitalización, incluyendo dentro de estos el parto natural y el efectuado por cesárea.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, el cambio vino, como acaba de confirnar Fundación, por una sentencia del TS.
No pretendía abrir un debate técnico al respecto, y, como apunta Raquel, en la práctica, lo que interesa es lo que vale hoy, simplemente quería señalar que esto hasta hace un tiempo no era así y hacer esa reflexión sobre la falta de sentido o abusos que se puede hacer de ciertos permisos que la ley y/o la interpretación de la misma por parte de nuestros tribunales reconocen (o, comparativamente, lo escasamente protegidas que están otras situaciones, a mi entender, bastante más graves).

Respecto a la sentencia, sí, pretendía justificar ese claro de rumbo en  base a la Ley para la Igualdad, que había antrado en vigor un par de años antes, y hablando así me memoria, creo que el argumento iba en el sentido de que, reconociendo el no reconocimiento de ese permiso hasta ese momento y que la hospitalización en esas circuntancias sólo se daba en el caso de las mujeres, podía resultar discriminatorio mantener esa excepción a la regla general y que privaba a las mujeres de la compañía y cuidados que en esas circuntancias podían dispensarles sus familiares (y seguro que pensaban en otros, pero, evidentemente, de ello se han beneficiado muchos cuñados y a menudo tengo constancia directa de ello).

Saludos

 
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