Permiso retribuido (construcción)

LORENA25

Nuevo miembro
Es la primera vez que tengo una situación en la que el trabajador se casa por civil y posteriormente por religioso. En este caso, ¿le corresponden los 15 días naturales de permiso en cualquiera de las dos celebraciones?
Contexto: el trabajador se casa por civil el 03/06/24 (la empresa no está al tanto y no se disfruta ese permiso), luego comunica a la empresa que se va a casar (sin mencionar hasta más adelante que será por religioso) el 15/09/24, ¿puedo darle el permiso por la boda por religioso? ¿qué justificante me debe dar para acreditar ese permiso?
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Es la primera vez que tengo una situación en la que el trabajador se casa por civil y posteriormente por religioso. En este caso, ¿le corresponden los 15 días naturales de permiso en cualquiera de las dos celebraciones?
Contexto: el trabajador se casa por civil el 03/06/24 (la empresa no está al tanto y no se disfruta ese permiso), luego comunica a la empresa que se va a casar (sin mencionar hasta más adelante que será por religioso) el 15/09/24, ¿puedo darle el permiso por la boda por religioso? ¿qué justificante me debe dar para acreditar ese permiso?
Entiendo que si, que tiene el derecho para disfrutarlo y que cumple el requisito. Solo debe justificar que se existe ese acto religioso y que es para contraer matrimonio.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Mmmm.... el matrimonio ya existía, legalmente y como hecho causante del permiso, desde el enlace civil.
En septiembre lo que hará no será otra cosa que "casarse con la que ya es su mujer", por tanto, es una ceremonia, puede satisfacer, si es el caso, la cuestión religiosa, pero no es un "matrimonio" propiamente dicho, salvo, repito, a los meros efectos religiosos (otra cosa es que, via "divorcio express" se divorcien durante el verano y se casen de nuevo en septiembre, en esta ocasión por lo religioso, pero no creo sea el caso).

En fin, yo no lo veo claro, pero la empresa puede ser flexible, claro.
Ahora, imaginad que cambie de empresa en verano, se incorpore ya casado (por lo civil, pero casado) y pretenda disfrutar del permiso de boda en la nueva empresa por la ceremonia religiosa de septiembre con la que ya es su esposa... no creo lo aceptaran.

Pero, repito, la empresa puede ser flexible, pero que al menos sea consciente de que será algo que reacae, entiendo yo, en su poder discrecional.

Saludos.
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Teniendo en cuenta que por la boda civil no pidió el permiso, yo entiendo que sí que le debe conceder. Desconozco si es por la iglesia u otro acto religioso, pero si es por la iglesia en España tiene poder sobre el enlace civil. Finalmente, en el libro de familia y acta de matrimonio aparecerá el enlace religioso, entendiendo que el enlace civil ha sido un mero trámite para subsanar algún tipo de problema legal (es por lo único que se hacen los dos enlaces lícitamente)


Si estamos hablando de otro acto religioso que no sea la iglesia católica ya no puedo hablar porque desconozco el orden jerárquico.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo sigo insistiendo en que el matrimonio ya existía como tal (y así debe constar en el libro de familia...) desde la ceremonia civil, por lo que no puede existir un nuevo hecho causante a raiz de la ceremonia religiosa.
Pero, como ya he dicho, la empresa puede ser flexible al respecto.

Pero vuelvo a poner el ejemplo anterior, incluso más extremo. Una pareja se casa por lo civil, disfrute del permiso o no, al cabo de años, ya en otra empresa (en la que se incorporó ya casado y con la misma persona) deciden casarse por la iglesia (repito, los mismos, y si haberse divorciado entre ellos previamente). No procede el permiso (salvo concesión, "curiosa" de la empresa).

Otra cosa, y dependiendo también de la flexibilidad de la empresa, y que yo me he encontrado en alguna ocasión, pero todo esto te lo plantean previamente, antes de la 1ª ceremonia (y que es la que da validez legal al matrimonio) es que, por circunstancias, una pareja decida caserse, como mero trámite por el juzgado (en ocasiones por poderes, en lugares distintos cada uno), pero decidan hacer una celebración, con boda religiosa o no (simple celebración propiamente dicha, banquete, viaje de luna de miel...) en fecha posterior. Todo esto , como digo, habiéndolo anticipado previamente a la empresa, explicando el caso y solicitando esa flexibilidad en el disfrute. Y ahí la empresas puede der flexible (o no). Pero por a vía de hechos consumados (se casa por lo civil, no dice nada, y luego quiere hacer valer la boda religiosa posterior, con la que ya es su esposa, pare disfrutar del permiso), entiendo que requiere un grado de flexibilidad por parte de la empresa aún mayor.

Saludos
 

anuskillas

Miembro conocido
Lo entiendo igual que Nando_bcn Tal y como indica el estatuto de los trabajadores el permiso nace en el momentoo que se contrae matrimonio civil y así lo ratifican diversas sentencias. El derecho nace en el momento de la realización del acto y no de la celebración del
mismo. Otra cosa es que por los usos y costrumbres se interpreta por lo general que se disfrutan los 15 días siguientes a la celebración, comenzando su primer día de disfrute el primer día hábil del trabajador en el caso de que iniciara sus jornada laboral. Ojo. las parejas de hecho a partir del 30 de junio de 2023 tambien tienen derecho al permiso De matrimonio.
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Existen sentencias que avalan que no puedes disfrutar el permiso dos veces por el mismo motivo. Yo reitero en que para mi si que tiene derecho ya que no ha disfrutado dicho permiso con anterioridad. Yo sin ninguna duda le diría a la empresa que por supuesto tiene derecho.

No estamos hablando en ningún momento de que lo ha disfrutado dos veces, simplemente no lo disfrutó en el primer enlace ya que era un trámite burocrático. Entiendo que el trabajador debería de haber hablado con la empresa con anterioridad para explicarle cuales son sus intenciones y llegar a un acuerdo, pero aun así yo entiendo que tiene derecho al disfrute del mismo.

Y que si, que entiendo perfectamente lo que decís, y que si, que ya contrajo matrimonio y todo lo que habéis comentado, si lleváis toda la razón del mundo, es indiscutible. Pero en concreto en este caso si se lo deniegan y acaba en juicio se le reconocería el derecho. Se casa civil, meses mas tarde religioso y disfruta una sola vez del permiso.

Si revisáis las sentencias, mencionan claramente que no pueden disfrutar del permiso por haberlo disfrutado antes para el mismo enlace.
 
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